Título: Reducción de jornada Publicado por: Doña Urraca en 14/May/2014~21:58 Estoy pensando en pedir reduccion de jornada el próximo curso. Tengo estas dudas: cuanto se puede reducir? El horario de trabajo lo pongo yo o el director? Tendría q hacer la tarde semanal?cuando tengo q comunicarlo al centro? En fin...q no tengo ni idea...
Título: Re: Reducción de jornada Publicado por: Interinaforever en 15/May/2014~09:27 Si no me equivoco, creo que se puede reducir entre un sexto y un medio de la jornada. Hay que solicitarlo con una antelación mínima de 15 días, enviando la solicitud al órgano de personal indicando la fecha de inicio y aportando la documentación necesaria.
Se concede por trimestres, es decir que si tú lo solicitas para empezar en septiembre, sólo te lo concederían hasta diciembre y para continuar con la reducción en enero, tendrías que renovar el permiso. La reducción del último trimestre llegaría hasta septiembre del curso siguiente (no se puede volver a la jornada normal hasta pasado un año si solicitas las renovaciones trimestrales). Respecto a la elaboración del horario, aunque tú puedes indicar cual es tu preferencia, lo suyo es que hables con el E. Directivo para llegar a un acuerdo al respecto e intentar que ello interfiera lo mínimo en las necesidades del centro (se suele agrupar en 2 o 3 días semanales, pero claro, depende de cada una...). Obviamente, al ser reducción de jornada se aplica de manera proporcional a todas las horas, tanto lectivas como no lectivas. Y supongo que no hará falta decir que, reducida la jornada, reducidas las retribuciones... Título: Re: Reducción de jornada Publicado por: Doña Urraca en 16/May/2014~21:48 Muchas gracias
Las horas semanales que hacemos son 25, no? Sobre este número tengo q calcular la reducción no? Q quieres decir con agrupar en 2-3 días? A mi me interesa trabajar viernes y lunes. Esto podría ser posible? Título: Re: Reducción de jornada Publicado por: Interinaforever en 19/May/2014~10:10 La jornada semanal de un funcionario docente en Castilla y León es de 37,5 horas: 25 lectivas, 5 de obligada permanencia en centro y 7,5 de "trabajo personal" (las horitas que echamos en casa).
Realmente la normativa no deja claro si la reducción hay que hacerla en base a la jornada diaria o semanal, ya que únicamente habla de jornada laboral, pero se suele calcular teneindo en cuenta las horas de trabajo diarias, que son 6: 5 lectivas + 1 de obligada permanencia (independientemente de como estén agrupadas estas horas de exclusiva). Lo de trabajar lunes y viernes (esto es, agrupar la reducción en 2 días) como ya te comenté, es cuestión de negociarlo con tu E. Directivo y llegar a un acuerdo para ver en qué manera afecta lo mínimo al desarrollo de la vida normal del centro (ten en cuenta, que para cubrir el resto de tu jornada también tienen que solicitar una persona que lo cubra, y su horario va a depender del tuyo...) |