Título: Prórroga vacacional interinos Publicado por: Salva_24 en 17/Ene/2014~12:58 Me acaba de llegar una carta a mi casa de la delegación y la verdad al ser nuevo en esto no me entero muy bien. La primera hoja habla de mi cese en el colegio (cesé el 20 de diciembre) y la segunda habla de la concesión de la prórroga vacacional entre el 21 de diciembre y el 6 de enero. ¿Esto como se cobra, como días normales?¿O una proporción de las vacaciones? ¿Cuenta como tiempo de servicio?
Muchas gracias! Título: Re: Prórroga vacacional interinos Publicado por: Gely en 17/Ene/2014~13:50 4. El personal funcionario interino que cese en la prestación del servicio en los cinco días lectivos anteriores al inicio de los períodos vacacionales de Navidad o Semana Santa tendrá derecho a la prórroga del nombramiento desde el inicio de los citados períodos y hasta la finalización de los mismos, considerándose como servicios efectivos, salvo para el cómputo de la prórroga de nombramiento correspondiente al período no lectivo de verano.
http://juntadeandalucia.es/boja/2011/117/2 Las vacaciones te cuentan como tiempo de servicio. Título: Re: Prórroga vacacional interinos Publicado por: prieto en 17/Ene/2014~15:09 Como te dice Gely te cuenta como tiempo de servicio, te lo pagarán igual en las nóminas correspondientes.
No contará para el tiempo necesario para cobrar las vacaciones del verano. |