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FORO MAESTROS Y PROFESORES => Foro General-maestros25.com => Mensaje iniciado por: op23 en 19/Ago/2013~23:05

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Título: permiso lactancia mujer no trabaja
Publicado por: op23 en 19/Ago/2013~23:05
mi mujer se pondra de parto pronto, he leido que a los funcionarios desde hace poco se les concede ese permiso de 1 mes aunque la mujer no trabaje, alguien en esta situacion lo ha pedido? tengo entendido que la junta da 1 mes adicional? pueden darte los 2 meses?


Título: Re: permiso lactancia mujer no trabaja
Publicado por: op23 en 21/Ago/2013~14:36
nadie?


Título: Re: permiso lactancia mujer no trabaja
Publicado por: ROSINI en 21/Ago/2013~16:04
Espero que aclare tus dudas el texto que te envío, en cualquier caso puedes descargarte la circular compketa:

CIRCULAR DE 6 DE FEBRERO DE 2013, DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE GESTIÓN DE
RECURSOS HUMANOS, SOBRE PERMISOS, LICENCIAS Y REDUCCIONES DE
JORNADA DEL PERSONAL DOCENTE DEL ÁMBITO DE GESTIÓN DE LA CONSEJERÍA
DE EDUCACIÓN DE LA JUNTA DE ANDALUCÍA.

1. PERMISO POR PARTO.
Este permiso se halla regulado en el artículo 49, a) del EBEP.
Consideraciones generales:
- El permiso por parto tendrá una duración de dieciséis semanas ininterrumpidas. Este
permiso se ampliará en dos semanas más en el supuesto de discapacidad del hijo y, por cada
hijo a partir del segundo, en los supuestos de parto múltiple. El permiso se disfrutará a opción
de la funcionaria siempre que seis semanas sean inmediatamente posteriores al parto. En
caso de fallecimiento de la madre, el otro progenitor podrá hacer uso de la totalidad, o en su
caso, de la parte que reste del permiso.
No obstante lo anterior, y sin perjuicio de las seis semanas inmediatas posteriores al
parto de descanso obligatorio para la madre, en el caso de que ambos progenitores trabajen,
la madre, al iniciarse el período de descanso por maternidad, podrá optar por que el otro
progenitor disfrute de una parte determinada e ininterrumpida del período de descanso
posterior al parto, bien de forma simultánea o sucesiva con el de la madre. El otro progenitor
podrá seguir disfrutando del permiso de maternidad inicialmente cedido, aunque en el
momento previsto para la reincorporación de la madre al trabajo ésta se encuentre en
situación de incapacidad temporal.
En los casos de disfrute simultáneo de períodos de descanso, la suma de los mismos
no podrá exceder de las dieciséis semanas o de las que correspondan en caso de
discapacidad del hijo o de parto múltiple.


Título: Re: permiso lactancia mujer no trabaja
Publicado por: nevus en 21/Ago/2013~16:38
Yo entiendo que si no trabaja no tienes derecho. No te puede ceder lo que no tiene. Eso CREO yo, lo siento.


Título: Re: permiso lactancia mujer no trabaja
Publicado por: op23 en 21/Ago/2013~21:14
Si, esa circular ya la lei, pero en julio la junta ha aprobado una serie de medidas nuevas en las que ya se reconoce que la lactancia puede ser disfrutada por el padre o la madre y no hace mención ninguna al hecho de que la mujer trabaje o no:
http://www.juntadeandalucia.es/eboja/2013/142/BOJA13-142-00005-12345-01_00031016.pdf

Página 4

Tercera. Permisos retribuidos para facilitar la conciliación de la vida personal, familiar y laboral.
1. Permiso y reducción de jornada por lactancia o cuidado de hijo o hija menor de dieciséis meses.
Podrá ser disfrutado indistintamente por la madre o el padre.

De hecho ha habido sentencias y noticias con respecto a este tema
http://www.equiposytalento.com/noticias/2013/07/30/la-guardia-civil-equipara-su-permiso-de-lactancia-al-del-resto-de-funcionarios
Lo que no tengo muy claro es lo del mes adicional, los sindicatos no me aclaran nada


Título: Re: permiso lactancia mujer no trabaja
Publicado por: prieto en 21/Ago/2013~21:58
Según la circular 6 de febrero. TEXTUAL
6. POR LACTANCIA O CUIDADO DE UN HIJO MENOR DE DIECISÉIS MESES.
Este permiso se halla recogido en el artículo 48, f) del EBEP. Si bien este permiso, en
la redacción del EBEP, determina que el sujeto causante es el hijo menor de 12 meses, la
Secretaría General para la Administración Pública, en su Instrucción 4/2012, de 21 de
diciembre, reguladora de la jornada laboral, vacaciones y permisos del personal de la
Administración General de la Junta de Andalucía, incrementa, tal como se regula en la
normativa propia (Decreto 349/1996, de 16 de julio, en la redacción dada por el decreto
347/2003, de 9 de diciembre), a 16 meses la edad de dicho sujeto causante.

El personal funcionario tendrá derecho a una hora de ausencia del trabajo que podrá
dividir en dos fracciones. Este derecho podrá sustituirse por una reducción de la jornada
normal en media hora al inicio y al final de la jornada o en una hora al inicio o al final de la
jornada, con la misma finalidad.

Este derecho podrá ser ejercido indistintamente por uno u otro de los progenitores, en
el caso de que ambos trabajen.


Igualmente la funcionaria podrá solicitar la sustitución del tiempo de lactancia por un
permiso retribuido que acumule en jornadas completas el tiempo correspondiente.

Este permiso se incrementará proporcionalmente en los casos de parto múltiple


Título: Re: permiso lactancia mujer no trabaja
Publicado por: op23 en 21/Ago/2013~23:05
prieto pero entiendo que la nueva orden que saca la junta amplia esa que tu citas no?


Título: Re: permiso lactancia mujer no trabaja
Publicado por: ROSINI en 21/Ago/2013~23:33
Creo que las medidas que se han aprobado en julio son para el personal de la Administración de la JJAA, no para los docentes.

Acuerdo de 9 de julio de 2013, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueba el acuerdo de la
Mesa General de Negociación Común del personal funcionario, estatutario y laboral de la Administración
de la Junta de Andalucía,
de 3 de junio de 2013, sobre medidas en materia de jornada laboral, ausencias
y permisos para la conciliación de la vida personal, familiar y laboral de las empleadas públicas y
empleados públicos.


Título: Re: permiso lactancia mujer no trabaja
Publicado por: op23 en 22/Ago/2013~00:35
en los portales docentes de algunos sindicatos hacen referencia a la noticia asi que supongo que sera para todos los funcionarios, lo que no especifica es lo que yo pregunto


Título: Re: permiso lactancia mujer no trabaja
Publicado por: op23 en 23/Ago/2013~14:35
respuesta que me acaba de dar csif

El marido puede disfrutar la reducción por lactancia (según criterio de la pareja). En relación con la situación cuando la mujer no trabaja, la legislación europea -y muestra de ello es una sentencia a un recurso de CSI•F- determina el derecho a este permiso aunque la mujer no trabaje, por lo que se puede pedir.

 

Nos  consta que la Administración Central ya ha introducido esta consideración en su regulación de licencias y permisos. En cuanto a Andalucía habría que comprobarlo pero entendemos que también lo debe de  estar aplicando (es seguro que  tiene que aplicar esta cuestión).


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