Título: Renuncia o excedencia?
Publicado por: martat en 08/Ago/2013~14:45
Hola. Tengo una duda. He hablado con delegación para informarme sobre renuncias a una vacante y me han dicho que si renuncio me dejan fuera de la bolsa 2 años y pierdo el tiempo de servicio. Quería saber si se puede pedir excedencia por trabajar en otra lugar o algo así. Alguien sabe que opciones hay? Como puedo solucionarlo si no consigo un intercambio? Necesito ayuda, gracias!!!
Título: Re: Renuncia o excedencia?
Publicado por: zeronter en 08/Ago/2013~18:52
Creo que puedes pedir una excedencia si tienes otro trabajo.
Título: Re: Renuncia o excedencia?
Publicado por: yomisma85 en 08/Ago/2013~21:50
http://www.maestros25.com/forum/index.php?topic=148689.0
Título: Re: Renuncia o excedencia?
Publicado por: martat en 09/Ago/2013~01:55
Gracias por la información, pero mis hijas ya cumplieron los 3 años, por eso no sé bien qué hacer. Escucho sugerencias!!!
Título: Re: Renuncia o excedencia?
Publicado por: cmag en 09/Ago/2013~12:34
Salio una nueva normativa en la que se regulaba que si tenías contrato de trabajo y renunciabas a lo que te adjudicaban te mantenían en bolsa en tu posicion y con tu tiempo de servicio.
Mi duda sería, si yo ahora me doy de alta en un trabajo, y el lunes voy y renuncio y luego por ejemplo en noviembre se me acaba el contrato.... me meten en bolsa en mi situación... porque si es así... buscaría cualquier curro con el fin de que despues en noviembre me incluyeran en bolsa y así no me sacaran de mi provincia por sustitución.
A ver si alguien nos puede ayudar...
Título: Re: Renuncia o excedencia?
Publicado por: davifernan en 09/Ago/2013~14:42
Salio una nueva normativa en la que se regulaba que si tenías contrato de trabajo y renunciabas a lo que te adjudicaban te mantenían en bolsa en tu posicion y con tu tiempo de servicio.
Mi duda sería, si yo ahora me doy de alta en un trabajo, y el lunes voy y renuncio y luego por ejemplo en noviembre se me acaba el contrato.... me meten en bolsa en mi situación... porque si es así... buscaría cualquier curro con el fin de que despues en noviembre me incluyeran en bolsa y así no me sacaran de mi provincia por sustitución.
A ver si alguien nos puede ayudar...
SE SUPONE que si renuncias, lo haces por un "tiempo concreto", y YO CREO que sería por el curso corriente, ¿no?
Título: Re: Renuncia o excedencia?
Publicado por: yomisma85 en 09/Ago/2013~15:02
Yo creo que es por un curso.
Leed la ORDEN de 8 de junio de 2011, por la que se regulan las bolsas de trabajo del personal funcionario interino y
se establecen las bases reguladoras de dicho personal y sus dos modificiaciones:
- Orden de 19 de marzo de 2013, por la que se modifica la de 8 de junio de 2011, por la que se regulan las bolsas de trabajo del personal funcionario interino y se establecen las bases reguladoras de dicho personal.
- Orden de 11 de junio de 2013, por la que se modifica la de 8 de junio de 2011, por la que se regulan las bolsas de trabajo del personal funcionario interino y se establecen las bases reguladoras de dicho personal.
Título: Re: Renuncia o excedencia?
Publicado por: Mercedestm en 09/Ago/2013~15:03
Hola! Te cuento. Fui a delegación para informarme sobre renuncias.
Puedes renunciar por menores de 3 años, te cuenta como tiempo de servicio. Y puedes renunciar por menores de 6 años, te sacan de la bolsa hasta agosto del año próximo y no te puntúa como tiempo de servicio. Al año q viene trabajas.
Este año salió una normativa, si encuentras un trabajo, puedes renunciar y cuando termines el contrato te pones en lista.
Yo he renunciado por menores de 6. Soy de Sevilla y me han dado San Roque.
Suerte.
Título: Re: Renuncia o excedencia?
Publicado por: martat en 09/Ago/2013~19:30
Mercedes, no me habían dicho que podía renunciar por menores de 6 años! Dónde has ido? A Sevilla? Me puedes explicar un poco más? Está en la legislación que señalan arriba? Gracias!
Título: Re: Renuncia o excedencia?
Publicado por: mariagar en 11/Ago/2013~15:47
Ya solo se puede renunciar por cuidado de hijos si es menor de 3añosaparece een ls nueva normativa