Título: Cobrar plan de calidad Publicado por: humildad en 02/Ago/2013~20:46 Hola compañer@s. Si no me equivoco el plan de calidad ya no existe pero ¿cobraremos este mes de agosto lo que nos corresponde del curso 2011/12 o lo han eliminado "con carácter retroactivo"?
Título: Re: Cobrar plan de calidad Publicado por: samiro en 03/Ago/2013~01:11 Hola compañer@s. Si no me equivoco el plan de calidad ya no existe pero ¿cobraremos este mes de agosto lo que nos corresponde del curso 2011/12 o lo han eliminado "con carácter retroactivo"? En marzo de 2013 se cobró 2011/2012. En marzo de 2o14 se cobrará 2012/2013 Título: Re: Cobrar plan de calidad Publicado por: roussi en 03/Ago/2013~12:45 Entonces si yo este año he estado en el centro inscrita al plan de calidad,¿ el próximo curso me pagarán lo que me corresponda por el curso anterior o se lo pagarán a la titular? Es que es la primera vez y no se cómo va. Perdón por mi desconocimiento.
Título: Re: Cobrar plan de calidad Publicado por: samiro en 03/Ago/2013~14:10 Entonces si yo este año he estado en el centro inscrita al plan de calidad,¿ el próximo curso me pagarán lo que me corresponda por el curso anterior o se lo pagarán a la titular? Es que es la primera vez y no se cómo va. Perdón por mi desconocimiento. Si has estado más de 100 días lectivos creo que es, te corresponde a ti. Título: Re: Cobrar plan de calidad Publicado por: beki en 03/Ago/2013~15:35 ¿Te cuenta la baja maternal como días?O ¿ solo cuentan los días a partir de la incorporación? Gracias.
Título: Re: Cobrar plan de calidad Publicado por: logar en 04/Ago/2013~09:39 si cuenta la baja maternal.
A mí con mi otra hija no me lo pagaron y lo reclamé ;) Título: Re: Cobrar plan de calidad Publicado por: prieto en 04/Ago/2013~14:22 Disposición adicional cuarta. Profesorado con permiso
por maternidad o paternidad. 1. El profesorado participante en el Programa que haya disfrutado del correspondiente permiso por maternidad o paternidad y al acumular los días lectivos del referido permiso a los de servicio efectivo en el centro cumpla el número de días lectivos mínimo establecido en el artículo 12.6 podrá percibir los incentivos económicos y su consolidación regulados en los artículos 12 y 13, siempre que se cumplan los requisitos establecidos en el artículo 8.1. Para la determinación de la cuantía de los mismos se considerarán tanto los días en los que se haya prestado servicio efectivo en el centro como los de permiso maternal o paternal. 2. Lo recogido en el apartado anterior será de aplicación, asimismo, al profesorado que se encuentre en situación de incapacidad temporal como consecuencia de haber sufrido una enfermedad profesional o accidente de trabajo reconocido como tal por la Administración competente en la materia. Título: Re: Cobrar plan de calidad Publicado por: roussi en 05/Ago/2013~09:52 Entonces si yo este año he estado en el centro inscrita al plan de calidad,¿ el próximo curso me pagarán lo que me corresponda por el curso anterior o se lo pagarán a la titular? Es que es la primera vez y no se cómo va. Perdón por mi desconocimiento. Si has estado más de 100 días lectivos creo que es, te corresponde a ti. Sï, he estado más de 100 días, estuve desde el 15 de octubre al 19 de junio. Muchas gracias. |