Título: Dias de asuntos propios Publicado por: anma1 en 25/Abr/2013~16:47 Hola, me gustaría pedir dos días de asuntos propios sin retribuir , ¿sabe alguien cuánto quitan en la nómina si es jueves y viernes?
¿Y si fuera miércoles y jueves ? Título: Re: Dias de asuntos propios Publicado por: yomisma85 en 25/Abr/2013~16:55 Para calcular lo que te quitan, creo que puedes hacerlo cogiendo tu última nómina y divides entre 30. Eso es lo que te quitarán de cada día.
Ten en cuenta que: El cómputo de días que se han de contabilizar en un permiso por asuntos particulares sin retribución será el comprendido entre el primer día en que deje de prestarse servicios y el día de la efectiva incorporación. Excepcionalmente, en el supuesto de que se solicite un solo día, el permiso se limitará a ese día. Así que si pides jueves y viernes te descontarán desde el jueves hasta el domingo. Título: Re: Dias de asuntos propios Publicado por: anma1 en 25/Abr/2013~17:45 Muchas gracias, que divido por 30 el total bruto , neto o que? ;)
Título: Re: Dias de asuntos propios Publicado por: bertasn en 26/Abr/2013~20:31 Neto
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