Título: Dias de asuntos propios
Publicado por: anma1 en 25/Abr/2013~16:47
Hola, me gustaría pedir dos días de asuntos propios sin retribuir , ¿sabe alguien cuánto quitan en la nómina si es jueves y viernes?
¿Y si fuera miércoles y jueves ?
Título: Re: Dias de asuntos propios
Publicado por: yomisma85 en 25/Abr/2013~16:55
Para calcular lo que te quitan, creo que puedes hacerlo cogiendo tu última nómina y divides entre 30. Eso es lo que te quitarán de cada día.
Ten en cuenta que:
El cómputo de días que se han de contabilizar en un permiso por asuntos particulares
sin retribución será el comprendido entre el primer día en que deje de prestarse servicios y el
día de la efectiva incorporación. Excepcionalmente, en el supuesto de que se solicite un solo
día, el permiso se limitará a ese día.
Así que si pides jueves y viernes te descontarán desde el jueves hasta el domingo.
Título: Re: Dias de asuntos propios
Publicado por: anma1 en 25/Abr/2013~17:45
Muchas gracias, que divido por 30 el total bruto , neto o que? ;)
Título: Re: Dias de asuntos propios
Publicado por: bertasn en 26/Abr/2013~20:31
Neto