Estamos bien jodidos... pero no sin ninguna opción
Buenas a todos... Están diciendo desde los sindicatos que desde Tecnología no podemos acceder a las resultas de ámbito ni a la de los bilingües de Tecnología.
Eso es categóricamente FALSO.
Conozco de personas en otras comunidades que han obtenido de definitiva una plaza en resulta de ámbito. Asimismo creo recordar que en 2010 ó 2011 algunos de Tecnología pasaron a Tecnología bilingüe... quedando esas resultas.
Los sindicatos vienen a comentar que esas plazas salen para interinos... y una M!!!... Excepto que se amorticen claro (atraco). Quiero que alguien me diga en que ley aparece que yo no puedo acceder a esas resultas.
Me estoy empezando "a cargar" (como dirían los argentinos) contra los sindicatos... hacen poco su trabajo, lo hacen mal y encima no tienen npi. Me voy a dar de bajar para ayer en cuánto termine toda la preselección.
Por cierto... idem para otras especialidades que pueden dar ámbito... ya sea socio-lingüístico o científico-tecnológico como es el caso.
No quiero alarmar, pero últimamente he oido de varias fuentes que Tecnología es una materia a extinguir en la reforma educativa. Ni siquiera entre los compañeros nos ponemos de acuerdo que podría pasar con nosotros si eso llegara a suceder.
P.D. Ya está habiendo movilizaciones y jornadas a cerca de este tema.
Estamos bien jodidos... pero no sin ninguna opción
Buenas a todos... Están diciendo desde los sindicatos que desde Tecnología no podemos acceder a las resultas de ámbito ni a la de los bilingües de Tecnología.
Eso es categóricamente FALSO.
Conozco de personas en otras comunidades que han obtenido de definitiva una plaza en resulta de ámbito. Asimismo creo recordar que en 2010 ó 2011 algunos de Tecnología pasaron a Tecnología bilingüe... quedando esas resultas.
Los sindicatos vienen a comentar que esas plazas salen para interinos... y una M!!!... Excepto que se amorticen claro (atraco). Quiero que alguien me diga en que ley aparece que yo no puedo acceder a esas resultas.
Me estoy empezando "a cargar" (como dirían los argentinos) contra los sindicatos... hacen poco su trabajo, lo hacen mal y encima no tienen npi. Me voy a dar de bajar para ayer en cuánto termine toda la preselección.
Por cierto... idem para otras especialidades que pueden dar ámbito... ya sea socio-lingüístico o científico-tecnológico como es el caso.
Sobre los puestos para interinos...
El personal funcionario de carrera con destino provisional, está posicionado delante del personal que haya obtenido una comisión de servicio en el orden de preferencia en la adjudicación de destinos, tal y como viene establecido en el
art. 36.1 del Decreto 302/2010 de 1 de junio por el que se ordena la función pública docente y se regula la selección del profesorado y la provisión de puestos de trabajo docentes (BOJA de 4 de junio) http://www.juntadeandalucia.es/boja/2010/108/2 y en el art. 8 de la Orden de 24 de mayo de 2011 por la que se regulan los procedimientos de provisión con carácter provisional de puestos de trabajo docentes así como la movilidad por razón de violencia de género (BOJA de 3 de junio) http://www.juntadeandalucia.es/boja/2011/108/1 que estipula que la adjudicación se llevará a cabo de acuerdo con el siguiente orden:
a) Personal funcionario de carrera titular de un puesto de trabajo suprimido.
b) Personal funcionario de carrera desplazado de su centro de destino por insuficiencia total de horario.
c) Personal funcionario de carrera que se acoja a la opción de cambio de centro al finalizar el mandato en el ejercicio de la dirección.
d) Personal funcionario de carrera en el último año de adscripción en el extranjero.
e) Personal funcionario de carrera que reingresa sin reserva de puesto de trabajo.
f) Personal funcionario de carrera sin destino definitivo.
g) Personal funcionario de carrera que haya obtenido una comisión de servicio.
h) Personal funcionario en prácticas.
i) Personal funcionario interino o aspirante a interinidad integrante de las bolsas de trabajo de los distintos cuerpos y especialidades docentes.Sobre el resto te dejo la normativa que lo regula y ya te entretienes en buscarlo ;)
Real Decreto 1364/2010, de 29 de octubre, por el que se regula el concurso de traslados de ámbito estatal entre personal funcionario de los cuerpos docentes contemplados en la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación y otros procedimientos de provisión de plazas a cubrir por los mismos.http://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2010-16551
Orden de 15 de octubre de 2012, por la que se convoca concurso de traslados del personal funcionario de los Cuerpos de Catedráticos y Profesores de Enseñanza Secundaria, de Profesores Técnicos de Formación Profesional, de Catedráticos y de Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas, de Catedráticos y Profesores de Música y Artes Escénicas, de Catedráticos, Profesores y Maestros de Taller de Artes Plásticas y Diseño y de Maestros, para la provisión de puestos de trabajo en centros
docentes públicos.http://www.juntadeandalucia.es/boja/2012/212/BOJA12-212-00140-17080-01_00015335.pdf
Sobre los sindicatos, aunque lo parezca, no todos son iguales, tristemente hay algunos al servicio del tipo de trabajador que engrosan sus filas, me explico que siempre hay quién le interesa malinterpretar... lo triste no es que estén al servicio de los mas numerosos entre sus afiliados, lo triste es que no estén al servicio de la VERDAD y la LEGALIDAD.
Hay sindicatos que generalmente cuando la pregunta es sobre regulación normativa en vez de contestarte el primero que coge el teléfono y decir cosas "
espeluznantes", sí jajaja espeluznantes, te pasan con la asesoría jurídica.
Estamos bien jodidos... pero no sin ninguna opción
Buenas a todos... Están diciendo desde los sindicatos que desde Tecnología no podemos acceder a las resultas de ámbito ni a la de los bilingües de Tecnología.
Eso es categóricamente FALSO.
Conozco de personas en otras comunidades que han obtenido de definitiva una plaza en resulta de ámbito. Asimismo creo recordar que en 2010 ó 2011 algunos de Tecnología pasaron a Tecnología bilingüe... quedando esas resultas.
Los sindicatos vienen a comentar que esas plazas salen para interinos... y una M!!!... Excepto que se amorticen claro (atraco). Quiero que alguien me diga en que ley aparece que yo no puedo acceder a esas resultas.
Me estoy empezando "a cargar" (como dirían los argentinos) contra los sindicatos... hacen poco su trabajo, lo hacen mal y encima no tienen npi. Me voy a dar de bajar para ayer en cuánto termine toda la preselección.
Por cierto... idem para otras especialidades que pueden dar ámbito... ya sea socio-lingüístico o científico-tecnológico como es el caso.
Sobre los puestos para interinos...
El personal funcionario de carrera con destino provisional, está posicionado delante del personal que haya obtenido una comisión de servicio en el orden de preferencia en la adjudicación de destinos, tal y como viene establecido en el
art. 36.1 del Decreto 302/2010 de 1 de junio por el que se ordena la función pública docente y se regula la selección del profesorado y la provisión de puestos de trabajo docentes (BOJA de 4 de junio) http://www.juntadeandalucia.es/boja/2010/108/2 y en el art. 8 de la Orden de 24 de mayo de 2011 por la que se regulan los procedimientos de provisión con carácter provisional de puestos de trabajo docentes así como la movilidad por razón de violencia de género (BOJA de 3 de junio) http://www.juntadeandalucia.es/boja/2011/108/1 que estipula que la adjudicación se llevará a cabo de acuerdo con el siguiente orden:
a) Personal funcionario de carrera titular de un puesto de trabajo suprimido.
b) Personal funcionario de carrera desplazado de su centro de destino por insuficiencia total de horario.
c) Personal funcionario de carrera que se acoja a la opción de cambio de centro al finalizar el mandato en el ejercicio de la dirección.
d) Personal funcionario de carrera en el último año de adscripción en el extranjero.
e) Personal funcionario de carrera que reingresa sin reserva de puesto de trabajo.
f) Personal funcionario de carrera sin destino definitivo.
g) Personal funcionario de carrera que haya obtenido una comisión de servicio.
h) Personal funcionario en prácticas.
i) Personal funcionario interino o aspirante a interinidad integrante de las bolsas de trabajo de los distintos cuerpos y especialidades docentes.Sobre el resto te dejo la normativa que lo regula y ya te entretienes en buscarlo ;)
Real Decreto 1364/2010, de 29 de octubre, por el que se regula el concurso de traslados de ámbito estatal entre personal funcionario de los cuerpos docentes contemplados en la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación y otros procedimientos de provisión de plazas a cubrir por los mismos.http://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2010-16551
Orden de 15 de octubre de 2012, por la que se convoca concurso de traslados del personal funcionario de los Cuerpos de Catedráticos y Profesores de Enseñanza Secundaria, de Profesores Técnicos de Formación Profesional, de Catedráticos y de Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas, de Catedráticos y Profesores de Música y Artes Escénicas, de Catedráticos, Profesores y Maestros de Taller de Artes Plásticas y Diseño y de Maestros, para la provisión de puestos de trabajo en centros
docentes públicos.http://www.juntadeandalucia.es/boja/2012/212/BOJA12-212-00140-17080-01_00015335.pdf
Sobre los sindicatos, aunque lo parezca, no todos son iguales, tristemente hay algunos al servicio del tipo de trabajador que engrosan sus filas, me explico que siempre hay quién le interesa malinterpretar... lo triste no es que estén al servicio de los mas numerosos entre sus afiliados, lo triste es que no estén al servicio de la VERDAD y la LEGALIDAD.
Hay sindicatos que generalmente cuando la pregunta es sobre regulación normativa en vez de contestarte el primero que coge el teléfono y decir cosas "
espeluznantes", sí jajaja espeluznantes, te pasan con la asesoría jurídica.
Coñes!... Me estás dando la razón... puedo optar a esas plazas de ámbito.
Estamos bien jodidos... pero no sin ninguna opción
Buenas a todos... Están diciendo desde los sindicatos que desde Tecnología no podemos acceder a las resultas de ámbito ni a la de los bilingües de Tecnología.
Eso es categóricamente FALSO.
Conozco de personas en otras comunidades que han obtenido de definitiva una plaza en resulta de ámbito. Asimismo creo recordar que en 2010 ó 2011 algunos de Tecnología pasaron a Tecnología bilingüe... quedando esas resultas.
Los sindicatos vienen a comentar que esas plazas salen para interinos... y una M!!!... Excepto que se amorticen claro (atraco). Quiero que alguien me diga en que ley aparece que yo no puedo acceder a esas resultas.
Me estoy empezando "a cargar" (como dirían los argentinos) contra los sindicatos... hacen poco su trabajo, lo hacen mal y encima no tienen npi. Me voy a dar de bajar para ayer en cuánto termine toda la preselección.
Por cierto... idem para otras especialidades que pueden dar ámbito... ya sea socio-lingüístico o científico-tecnológico como es el caso.
Sobre los puestos para interinos...
El personal funcionario de carrera con destino provisional, está posicionado delante del personal que haya obtenido una comisión de servicio en el orden de preferencia en la adjudicación de destinos, tal y como viene establecido en el
art. 36.1 del Decreto 302/2010 de 1 de junio por el que se ordena la función pública docente y se regula la selección del profesorado y la provisión de puestos de trabajo docentes (BOJA de 4 de junio) http://www.juntadeandalucia.es/boja/2010/108/2 y en el art. 8 de la Orden de 24 de mayo de 2011 por la que se regulan los procedimientos de provisión con carácter provisional de puestos de trabajo docentes así como la movilidad por razón de violencia de género (BOJA de 3 de junio) http://www.juntadeandalucia.es/boja/2011/108/1 que estipula que la adjudicación se llevará a cabo de acuerdo con el siguiente orden:
a) Personal funcionario de carrera titular de un puesto de trabajo suprimido.
b) Personal funcionario de carrera desplazado de su centro de destino por insuficiencia total de horario.
c) Personal funcionario de carrera que se acoja a la opción de cambio de centro al finalizar el mandato en el ejercicio de la dirección.
d) Personal funcionario de carrera en el último año de adscripción en el extranjero.
e) Personal funcionario de carrera que reingresa sin reserva de puesto de trabajo.
f) Personal funcionario de carrera sin destino definitivo.
g) Personal funcionario de carrera que haya obtenido una comisión de servicio.
h) Personal funcionario en prácticas.
i) Personal funcionario interino o aspirante a interinidad integrante de las bolsas de trabajo de los distintos cuerpos y especialidades docentes.Sobre el resto te dejo la normativa que lo regula y ya te entretienes en buscarlo ;)
Real Decreto 1364/2010, de 29 de octubre, por el que se regula el concurso de traslados de ámbito estatal entre personal funcionario de los cuerpos docentes contemplados en la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación y otros procedimientos de provisión de plazas a cubrir por los mismos.http://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2010-16551
Orden de 15 de octubre de 2012, por la que se convoca concurso de traslados del personal funcionario de los Cuerpos de Catedráticos y Profesores de Enseñanza Secundaria, de Profesores Técnicos de Formación Profesional, de Catedráticos y de Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas, de Catedráticos y Profesores de Música y Artes Escénicas, de Catedráticos, Profesores y Maestros de Taller de Artes Plásticas y Diseño y de Maestros, para la provisión de puestos de trabajo en centros
docentes públicos.http://www.juntadeandalucia.es/boja/2012/212/BOJA12-212-00140-17080-01_00015335.pdf
Sobre los sindicatos, aunque lo parezca, no todos son iguales, tristemente hay algunos al servicio del tipo de trabajador que engrosan sus filas, me explico que siempre hay quién le interesa malinterpretar... lo triste no es que estén al servicio de los mas numerosos entre sus afiliados, lo triste es que no estén al servicio de la VERDAD y la LEGALIDAD.
Hay sindicatos que generalmente cuando la pregunta es sobre regulación normativa en vez de contestarte el primero que coge el teléfono y decir cosas "
espeluznantes", sí jajaja espeluznantes, te pasan con la asesoría jurídica.
Coñes!... Me estás dando la razón... puedo optar a esas plazas de ámbito.
jajaja nunca te la he quitadooo!! jajaja
Mas que el sol sale todos los días la tienes.
Y aún así, hay muchísimos destinos mas que interesantes que no salen a concurso y terminan ocupados por interinos... si estos sólo optasen a los que nadie quiere... ¡¡como cambiaría la cosa!!.
Pero para ellos esa normativa, seguro que también es ilegal por discriminatoria...