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FORO MAESTROS Y PROFESORES => Foro General-maestros25.com => Mensaje iniciado por: qeralt en 11/Ene/2013~14:00

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Título: Maternidad y posterior excedencia
Publicado por: qeralt en 11/Ene/2013~14:00
Sabeis si te sancionan por haber pedido la lactancia acumulada y luego perdite excedencia... creo que te quitan sueldoy ¿esta excedencia por cuidado de hijos tiene un tiempo mínimo?


Título: Re: Maternidad y posterior excedencia
Publicado por: ilu en 11/Ene/2013~15:15
No te sancionan, simplemente tienes que renunciar a la lactancia acumulada y si te la han pagado devolcer el dinero. La excedencia por cuidado de un menor es hasta que el niño tenga tres años. Cuando la solicitas no tienes que poner la fecha en la que la vas a finalizar ( esto lo tienes que avisar con 15 dias de antelacion).


Título: Re: Maternidad y posterior excedencia
Publicado por: jocla en 11/Ene/2013~17:34
No hay un mínimo. la solícitas cuando quieras y el máximo es hasta que el hijo tenga tres años. Puedes estar en excedencia 1,  2, 3 meses....sólo que cuando quieras que finalice, debes comunicarlo con al menos 15 días de antelación.


Título: Re: Maternidad y posterior excedencia
Publicado por: layla en 12/Ene/2013~22:15
Me interesa el tema. Unas dudas que me surgen: ¿Se pide después de haber agotado la baja maternal o se tiene que solicitar desde el principio? ¿si te han pagado la lactancia tienes que devolverlo entero o es una parte proporcional?¿Alguien tiene la normativa?

Muchas gracias.


Título: Re: Maternidad y posterior excedencia
Publicado por: maestramacetero en 12/Ene/2013~23:35
La puedes solicitar en el momento que quieras (con 15 días antelación). Yo la he solicitado incluso después de haber trabajado un curso entero, teniendo mi hija 18 meses y ningún problema. Lo que no tengo tan claro es si puedes pedirla si has tenido la lactancia acumulada, yo diría que no se puede. Suerte.


Título: Re: Maternidad y posterior excedencia
Publicado por: maride en 13/Ene/2013~16:47
Hasta donde yo tengo entendido, si se puede solicitar la excedencia tras la lactancia acumulada, pero tienes que devolver la parte proporcional (dependiendo del tiempo de excedencia). Por cada 10 días que pidas de excedencia o por asuntos sin retribuir, tienes que devolver 1 de lactancia.



Título: Re: Maternidad y posterior excedencia
Publicado por: layla en 13/Ene/2013~21:30
Gracias, por las respuestas. Maride a ver si lo he entendido, entonces si pides por ej un mes de excedencia tendrías que devolver 3 días de lactancia ¿Es así?


Título: Re: Maternidad y posterior excedencia
Publicado por: ilu en 14/Ene/2013~18:59
Creo que no es así, si pides excedencia pierdes la lactancia. Yo la he solicitado y he tenido que hacer un escrito de renuncia de la lactancia.


Título: Re: Maternidad y posterior excedencia
Publicado por: Azalea en 18/Ene/2013~18:36
Aprovecho el hilo para preguntar.

Yo estoy actualmente de excedencia, pero tengo pensamiento de trabajar el curso que viene. ¿Puedo pedir la reincorporación para el día 1 de julio y así poder cobrar el verano?


Título: Re: Maternidad y posterior excedencia
Publicado por: jocla en 18/Ene/2013~20:46
Estoy en la misma situación. En septiembre pregunte en delegación y allí mismo me dieron dos versiones diferentes.
Una que podía incorporar cuando .quisiera.
Otra que era obligatorio permanecer un año entero como mínimo.
Cuando llegue mayo preguntare otra vez.
Si alguien sabe más...que nos lo diga.


Título: Re: Maternidad y posterior excedencia
Publicado por: Azalea en 18/Ene/2013~23:30
Pues a mí no me dijeron nada de un año mínimo. Me dijeron cuando quisiera, comunicandolo con un mes de antelación, pero como julio ya no periodo lectivo pues me entró la duda.