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FORO MAESTROS Y PROFESORES => Interinos-Maestros => Mensaje iniciado por: Ore en 31/Oct/2012~10:17


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Título: SABEIS QUE PASA SI NOS PRESENTAMOS A LAS OPOSICIONES Y NO APROBAMOS
Publicado por: Ore en 31/Oct/2012~10:17
SABEIS QUE PASA SI NOS PRESENTAMOS A LAS OPOSICIONES Y NO APROBAMOS, SEGUIMOS EN BOLSA O DIRECTAMENTE NOS QUEDAMOS FUERA.... ANTES SEGUIAMOS EN BOLSA PERO AHORA QUE PASA?? BESOS 


Título: Re: SABEIS QUE PASA SI NOS PRESENTAMOS A LAS OPOSICIONES Y NO APROBAMOS
Publicado por: Antares2011 en 31/Oct/2012~12:37
si suspendes te vas fuera de la bolsa, a no ser que tengas tiempo de servicio... siempre ha sido así, exceptuando el paréntesis del D302....


Título: Re: SABEIS QUE PASA SI NOS PRESENTAMOS A LAS OPOSICIONES Y NO APROBAMOS
Publicado por: krysty en 31/Oct/2012~13:15
Seguro???? yo creo que antes permanecías en bolsa aunque no aprobaras, pero detrás de toda la gente que haya aprobado en ese año de oposición, la verdad es que ya no lo sé seguro, pero alguien que lo sepa con certeza que lo confirme, el único cambio fué con el decreto 302.


Título: Re: SABEIS QUE PASA SI NOS PRESENTAMOS A LAS OPOSICIONES Y NO APROBAMOS
Publicado por: verolucia en 31/Oct/2012~13:24
yo he aprobado todas las  convocatorias desde el 2002 asi que no se muy bien, pero creo que si suspendes y NO has trabajado no puedes estar en la bolsa a no ser que seas interino blindado, que ya ha desaparecido y todos los que tenemos T.S. pasamos a ser blindados por decirlo de alguna manera.


Título: Re: SABEIS QUE PASA SI NOS PRESENTAMOS A LAS OPOSICIONES Y NO APROBAMOS
Publicado por: unomas2003 en 31/Oct/2012~14:27
en algunas autonomías, si te presentas por tu especialidad a las opos, aunque no apruebes, permaneces en lista, por haberte presentado a tu especialidad.
Si te presentas por otra espcialidad que no es la tuya de carrera, entonces obligatoriamente tienes que aprobar para estar en listas.

Pero claro, tampoco sé si esto ha sido así para Andalucía, hablo de otras autonomías.

Aparte de todo esto, estamos hablando de convocatorias pasadas, todo dependerá de cómo se legisle la siguiente convocatoria, y para Andaluciía, porque de una convocatoria a otra y de una autonomía a otra, todo puede variar totalmente.


Título: Re: SABEIS QUE PASA SI NOS PRESENTAMOS A LAS OPOSICIONES Y NO APROBAMOS
Publicado por: alfonsocafeino en 31/Oct/2012~15:10
A día de hoy si no tienes tiempo de servicio sales de la bolsa, aunque los rumores que hay, es que puede cambiar.

La pista mas importante está en la salvedad de la modificación del 302 dónde dice que las normas serán así "hasta que se produzca el cambio en el sistema de acceso", cosa que no tiene nada que ver los de requisitos de organización de una bolsa al no verse influidos por el proceso slectivo en sí, a no ser, que en el propio Real Decreto que lo regule prohiba exactamente continuar en un bolsa de trabajo docente sin aprobar la oposición que da acceso a la misma.


Hay muchas cosas en el aire.


Título: Re: SABEIS QUE PASA SI NOS PRESENTAMOS A LAS OPOSICIONES Y NO APROBAMOS
Publicado por: Oluna en 31/Oct/2012~19:08

Tienes que aprobar si quieres permanecer en bolsa tengas o no tiempo de servicio.
Yo tengo tiempo de servicio y más me vale aprobar.


Título: Re: SABEIS QUE PASA SI NOS PRESENTAMOS A LAS OPOSICIONES Y NO APROBAMOS
Publicado por: RUCA en 31/Oct/2012~19:13

Tienes que aprobar si quieres permanecer en bolsa tengas o no tiempo de servicio.
Yo tengo tiempo de servicio y más me vale aprobar.


Si no me equivoco, creo que eso no es así Oluna. Los que tenéis tiempo de servicio no tenéis que aprobar para permanecer en bolsa, por ahora.


Título: Re: SABEIS QUE PASA SI NOS PRESENTAMOS A LAS OPOSICIONES Y NO APROBAMOS
Publicado por: coconut43 en 31/Oct/2012~19:13

Tienes que aprobar si quieres permanecer en bolsa tengas o no tiempo de servicio.
Yo tengo tiempo de servicio y más me vale aprobar.
¿Seguro?


Título: Re: SABEIS QUE PASA SI NOS PRESENTAMOS A LAS OPOSICIONES Y NO APROBAMOS
Publicado por: Carlita en 31/Oct/2012~19:29
Decreto 311/2012, de 26 de junio, por el que se modifica el Decreto 302/2010, de 1 de junio,
por el que se ordena la Función Pública Docente y se regula la selección del profesorado y la provisión
de los puestos de trabajo docentes.


Uno. El artículo 18.3 queda redactado de la siguiente forma:
«3. Las bolsas de trabajo se renovarán una vez concluido cada procedimiento selectivo para el acceso a
la función pública docente realizado en la Comunidad Autónoma de Andalucía.»
Dos. El artículo 19 queda redactado de la siguiente forma:
«Accederá a las bolsas de trabajo previstas en el artículo anterior el personal aspirante que haya
superado una o varias pruebas del último procedimiento selectivo para el acceso a la función pública docente
de su cuerpo y especialidad convocado en la Comunidad Autónoma de Andalucía, sin haber sido seleccionado,
previa solicitud de las personas interesadas.»
Tres. El artículo 20 queda redactado de la siguiente forma:
«El personal integrante de una bolsa de trabajo podrá permanecer en la misma tras la realización de un
nuevo procedimiento selectivo para el acceso a la función pública docente si participa en dicho procedimiento
realizando, al menos, la primera prueba del mismo

Cuatro. El artículo 21 queda redactado de la siguiente forma:
«El personal a que se refieren los dos artículos anteriores se ordenará en la bolsa de trabajo
correspondiente al cuerpo y especialidad de acuerdo con lo que, a tales efectos, se establezca por Orden de
la persona titular de la Consejería competente en materia de educación, a continuación del personal a que se
refiere la disposición adicional cuarta.»
Cinco. La disposición adicional cuarta queda redactada de la siguiente forma:
«El personal funcionario interino que tenga reconocido tiempo de servicio a la entrada en vigor de la
Orden a la que se refiere el artículo 21, se ordenará en la bolsa de trabajo a la que pertenezca en función del
tiempo de servicios prestado como personal funcionario interino en centros docentes públicos

Seis. Se añade una nueva disposición transitoria quinta con la siguiente redacción:
«Disposición transitoria quinta. Ordenación en las bolsas de trabajo.
Hasta tanto el Gobierno de la Nación modifique el acceso a la función pública docente regulado en
el Real Decreto 276/2007, de 23 de febrero, la ordenación del personal integrante de las bolsas de trabajo
a que se refiere el artículo 21 se llevará a cabo en función del tiempo de servicios prestado como personal
funcionario interino en centros docentes públicos
. En caso de empate, así como en el supuesto de que se
carezca de tiempo de servicios, se atenderá, en primer lugar, al mayor número de pruebas superadas en la fase
de oposición del último procedimiento selectivo realizado por cualquier Administración educativa para el acceso
a la función pública docente en el cuerpo y especialidad de la correspondiente bolsa y, si fuera necesario, a
la mayor puntuación obtenida en dicha prueba o pruebas superadas. De persistir el empate, se procederá a
ordenar alfabéticamente las personas empatadas, utilizándose como criterio de desempate la letra resultante del
último sorteo realizado por la Consejería





Una cosa es la permanencia y otra la ordenación.

Para la permanencia, entiendo que para el que ya esté en bolsa, tenga tiempo de servicio o no, basta con presentarse a la primera prueba.

Que me corrija alguien si me equivoco.



Título: Re: SABEIS QUE PASA SI NOS PRESENTAMOS A LAS OPOSICIONES Y NO APROBAMOS
Publicado por: jmsp en 31/Oct/2012~20:22
Exacto Carlita no tienes que aprobar si tienes ya tiempo de servicio, te tienes que presentar. Imagínate que tienes un mal día o que al tribunal no le gusta tu examen... entonces te mandarían a la calle, con lo subjetivas que son las oposiciones este es el criterio más válido en mi humilde opinión. Saludos...


Título: Re: SABEIS QUE PASA SI NOS PRESENTAMOS A LAS OPOSICIONES Y NO APROBAMOS
Publicado por: Saruman en 31/Oct/2012~20:56
Creo que esto lo van a cambiar dentro de poco a nivel nacional,ojalá me equivoque


Título: Re: SABEIS QUE PASA SI NOS PRESENTAMOS A LAS OPOSICIONES Y NO APROBAMOS
Publicado por: jmsp en 31/Oct/2012~21:18
Pues ojalá te equivoques Saruman...pero a los que tienen tiempo de servicio ya les afectaría? O sería a partir de la fecha de entrada en vigor...en fin un lío...


Título: Re: SABEIS QUE PASA SI NOS PRESENTAMOS A LAS OPOSICIONES Y NO APROBAMOS
Publicado por: RUCA en 31/Oct/2012~21:32
Pues ojalá te equivoques Saruman...pero a los que tienen tiempo de servicio ya les afectaría? O sería a partir de la fecha de entrada en vigor...en fin un lío...

Creo que si algo nos ha dejado claro lo ocurrido con el d302 es que no puede haber dos tipos de interinos...


No creo que vuelvan a hacerlo, no puede haber dos tipos de interinos.


Título: Re: SABEIS QUE PASA SI NOS PRESENTAMOS A LAS OPOSICIONES Y NO APROBAMOS
Publicado por: Ester B en 01/Nov/2012~12:40
Y si tienes tiemppo de servicio de inglés, y ahora me quiero presentar por primaria? si suspendo me sacarían de la bolsa de inglés??? sería una faena si así sucediera.De todos modos,yo creo, desde mi punto de vista, que este año no habrá opos.


Título: Re: SABEIS QUE PASA SI NOS PRESENTAMOS A LAS OPOSICIONES Y NO APROBAMOS
Publicado por: Cande__la en 01/Nov/2012~18:46
yo he aprobado todas las  convocatorias desde el 2002 asi que no se muy bien, pero creo que si suspendes y NO has trabajado no puedes estar en la bolsa a no ser que seas interino blindado, que ya ha desaparecido y todos los que tenemos T.S. pasamos a ser blindados por decirlo de alguna manera.



Verolucia, como se pasa a estar blindado sin haber trabajado¿?¿¿¿¿ eso si que no lo entiendo.
Sinceramente si no aprobamos, creo que deberíamos quedarnos ( y digo deberiamos)fuera de las bolsas, basta ya de tanto estudiar para que otros que han tenidio mas suerte o más enchufes por la ley del minimo esfuerzo no paren de trabajar..


Título: Re: SABEIS QUE PASA SI NOS PRESENTAMOS A LAS OPOSICIONES Y NO APROBAMOS
Publicado por: algodondeazucar en 01/Nov/2012~19:18
candela estoy totalmente de acuerdo contigo¡¡¡


Título: Re: SABEIS QUE PASA SI NOS PRESENTAMOS A LAS OPOSICIONES Y NO APROBAMOS
Publicado por: verolucia en 02/Nov/2012~00:20
yo he aprobado todas las  convocatorias desde el 2002 asi que no se muy bien, pero creo que si suspendes y NO has trabajado no puedes estar en la bolsa a no ser que seas interino blindado, que ya ha desaparecido y todos los que tenemos T.S. pasamos a ser blindados por decirlo de alguna manera.



Verolucia, como se pasa a estar blindado sin haber trabajado¿?¿¿¿¿ eso si que no lo entiendo.
Sinceramente si no aprobamos, creo que deberíamos quedarnos ( y digo deberiamos)fuera de las bolsas, basta ya de tanto estudiar para que otros que han tenidio mas suerte o más enchufes por la ley del minimo esfuerzo no paren de trabajar..

vamos a ver , quién ha dicho que se pasa a ser blindado sin currar, que yo sepa los que tienen vacante informatizada son blindados, los de la transitoria, por ejemplo, esos han trabajado mucho , son interinos con mucho t.servicio,por tanto no tienen que demostrar todos los años que valen , pero si no tienes tiempo servicio y encima suspendes pues vas fuera..eso ha sido asi siempre...lo unico que va a cambiar es que ahora si tienes t.servico y suspendes te quedas en la bolsa ....yo no he dicho nada de lo que estás comentando...