Título: Trabajar en otro sitio a la vez Publicado por: isota en 03/Oct/2012~14:57 A ver... sé que siendo ya funcionaria no podemos estar dados de alta en otra empresa, a no ser que sea de formación (ejemplo los preparadores de academias para oposiciones).
Pero mi pregunta es si, siendo interina, es posible estar dada de alta en otra empresa. Lo pregunto porque tengo un trabajo de fines de semana y no quiero dejarlo, soy afectada por el decreto 302 y bastante entrampada me he visto este año, con lo cual, en principio necesito ambos trabajos. Entonces... ¿está totalmente prohibido o es posible siempre y cuando en el 2º trabajo el número de horas dada de alta sea mínimo? Os agradecería mucho que me ayudarais, ya que estoy a punto de ser llamada. Título: Re: Trabajar en otro sitio a la vez Publicado por: solecito27 en 03/Oct/2012~15:38 Te recomiendo que contactes con algún sindicato. Ellos podrán informarte mejor. Te dejo el correo de dos sindicatos:
ense18@csi-f.es (CSIF GRANADA) publica@feteugtgranada.org Si les escribes un correo no suelen tardar mucho en conestar!!! espero haberte ayudado!! Título: Re: Trabajar en otro sitio a la vez Publicado por: davifernan en 03/Oct/2012~19:07 No, NO se puede estar de alta. Por ahí viene en la normativa que sólo en casos de "tertulias en los Medios", y de ponente en cosas de Universidad ... pero en el Régimen General seguro que NO.
Título: Re: Trabajar en otro sitio a la vez Publicado por: rumbi en 03/Oct/2012~22:32 Se puede estar de alta siempre que sea a media jornada creo
Título: Re: Trabajar en otro sitio a la vez Publicado por: prieto en 03/Oct/2012~22:36 Se puede estar de alta siempre que sea a media jornada creo La incompatiblidad de la función publica, impide que puedas realizar casi cualquier tarea... formación, tu propio patrimonio... y casi poco más.Título: Re: Trabajar en otro sitio a la vez Publicado por: unomas2003 en 03/Oct/2012~22:43 hay un máximo de horas, que si no las superas a la semana, si que puedes trabajar en ambos sitios aunque seas funcionaria o interina.
Si las superas, entonces tienes que decir que no te incluyan el complemento de excusividad en la nómina, y entonces ya puedes trabajar en ambos sitios las horas que quieras, siempre y cuando el horario de ambos no se solapen. Igual que hay profesores de instituto que por las tardes, son profesores de la universidad, o trabajan en academias dando repasos. En ocasiones, si no superan esas horas semanales permitidas, no pasa nada; y si las supera, puedes optar a que te quiten el complemento de exclusividad ( si te compensa trabajar en otro sitio), y entonces ya puedes optar a ambos trabajos. Todo esto que he comentado, es para FUNCIONARIOS. Siendo interino, no sé si hay complemento de exclusividad o no, porque si no lo hay, no hay más problema; el problema de no poder trabajar muchas horas en ambos trabajos es por la exclusividad, pero si un interino no tuviera, no habría problema entonces. Eso te lo aclarará mejor un sindicato, pero a grandes rasgos es eso. saludos |