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FORO MAESTROS Y PROFESORES => Foro General-maestros25.com => Mensaje iniciado por: marisainfantil en 08/Sep/2012~11:12

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Título: Mitad del sueldo por baja?
Publicado por: marisainfantil en 08/Sep/2012~11:12
Estoy escuchando q este año por cada día q faltemos al cole cobramos la mitad del sueldo y a partir del tercer día el 70 % menos, eso es cierto? alguien sabe algo?


Título: Re: Mitad del sueldo por baja?
Publicado por: amaya6 en 08/Sep/2012~11:15
Por los tres primeros días cobras el 50% diario y después te quitarán un 25%  y creo que a partir del 21 día cobras el 100%


Título: Re: Mitad del sueldo por baja?
Publicado por: marisainfantil en 08/Sep/2012~11:19
Y eso dónde está regulado? alguien puede colgar el enlace?


Título: Re: Mitad del sueldo por baja?
Publicado por: inma_inf en 08/Sep/2012~17:07
Yo no lo he escuchado en la noticias ni leído en el periódico. Me extraña que esta "reforma" no haya tenido mayor extensión.  Realmente eso ya es así???? o será a partir de...?  Esta medida es aplicable a todos los colectivos de maestros????    ???


Título: Re: Mitad del sueldo por baja?
Publicado por: osote en 08/Sep/2012~18:17
Citar
Yo no lo he escuchado en la noticias ni leído en el periódico. Me extraña que esta "reforma" no haya tenido mayor extensión.  Realmente eso ya es así?Huh? o será a partir de...?  Esta medida es aplicable a todos los colectivos de maestros?

Creo que se te pasó leer el BOE del 14 de julio de este año.  Allí publicó el Gobierno esta medida.
http://www.boe.es/boe/dias/2012/07/14/pdfs/BOE-A-2012-9364.pdf
El artículo 9, apartado 3, recoge lo comentado por los otros foreros.
En resumen:

*Días 1 a 3:     50% de las retribuciones (más la prestación de hijo a cargo, en su caso).
*Días 4 a 20:    75% de las retribuciones (más la prestación de hijo a cargo, en su caso).
*Días 21 a 90:  100% de las retribuciones.

Esto afecta a todos los funcionarios (de carrera e interinos) y al resto del personal al servicio de las Administraciones Públicas.


Título: Re: Mitad del sueldo por baja?
Publicado por: Jero027 en 08/Sep/2012~18:31
Lo que me gustaría saber qué causas se consideran contingencias comunes y qué causas contingencias profesionales.


¿Hay algún sitio que lo especifique?


Título: Re: Mitad del sueldo por baja?
Publicado por: nevus en 08/Sep/2012~19:23
Y a partir del 91?


Título: Re: Mitad del sueldo por baja?
Publicado por: Jero027 en 08/Sep/2012~19:29
Y a partir del 91?


Eso no creo que sean las conrtingencias.




Título: Re: Mitad del sueldo por baja?
Publicado por: Carlita en 08/Sep/2012~20:15
Lo que me gustaría saber qué causas se consideran contingencias comunes y qué causas contingencias profesionales.


¿Hay algún sitio que lo especifique?

Las contingencias comunes son las que derivan de una enfermedad común (coges una gripe) y las profesionales son las que provienen de tu trabajo: por ejemplo, te caes en el trabajo, te salen nódulos en la garganta (eso es una contingencia profesional de los maestros), en el caso de los panaderos aquella enfermedad de los pulmones debido a la continua exposición a la harina, etc. Creo recordar que en otro convenio los accidentes yendo al trabajo bajo una distancia y tiempo determinados se consideran contingencias profesionales pero no sé si nuestro colectivo lo tiene. Es cuestión de mirar.


Título: Re: Mitad del sueldo por baja?
Publicado por: Jero027 en 08/Sep/2012~21:16
Lo que me gustaría saber qué causas se consideran contingencias comunes y qué causas contingencias profesionales.


¿Hay algún sitio que lo especifique?

Las contingencias comunes son las que derivan de una enfermedad común (coges una gripe) y las profesionales son las que provienen de tu trabajo: por ejemplo, te caes en el trabajo, te salen nódulos en la garganta (eso es una contingencia profesional de los maestros), en el caso de los panaderos aquella enfermedad de los pulmones debido a la continua exposición a la harina, etc. Creo recordar que en otro convenio los accidentes yendo al trabajo bajo una distancia y tiempo determinados se consideran contingencias profesionales pero no sé si nuestro colectivo lo tiene. Es cuestión de mirar.


A eso me refiero, pero antes de bajarnos el sueldo por eso, deben venir reflejadas o ya deben estar reflejadas en alguna parte.

El ejemplo que has puesto, un accidente, ¿es contigencia común o profesional?  Creo que había un límite de tiempo y distancia para una cosa o la otra.







Título: Re: Mitad del sueldo por baja?
Publicado por: marisainfantil en 08/Sep/2012~22:53
Entonces si cogemos una gripe y tenemos que estar en la cama si o si... cobramos la mitad del sueldo?