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FORO MAESTROS Y PROFESORES => Interinos-Maestros => Mensaje iniciado por: nataliaem en 17/Jul/2012~16:38


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Título: cuenta como t.s. el tiempo de baja maternal?
Publicado por: nataliaem en 17/Jul/2012~16:38
Estoy desesperada, ni un guionista podría escribir una historia tan enrebesada, NECESITO AYUDA!
La primera vez q me llamaron aun estaba yo de baja maternal, solo me quedaban 9 días, y estos los tengo reconocidos en la bolsa. Hasta ahí bien. Al volver a la bolsa me llamaron para el resto del curso, y me indicaron q podía renunciar por cuidado de hijos y me contaba el t.s. En total tendría ahora unos 10 meses. Pues solo tengo los 9 días porque no me han contado la segunda sustitución, con la razón de que yo no había sido previamente interina... y digo yo... entonces esos 9 días no me darían ya el "título" de interina? si hubiese sabido que no me contaban no hubiese renunciado... :(
el decreto 302 no habla sobre las renuncias por hijos, entonces tendría que mirar la legislación anterior a él? cuál sería?
MUCHAS GRACIAS



Título: Re: cuenta como t.s. el tiempo de baja maternal?
Publicado por: ositamoni en 17/Jul/2012~16:55
si deberian haberte contado el tiempo, habla con delegacion, sindicatos.....suerte


Título: Re: cuenta como t.s. el tiempo de baja maternal?
Publicado por: logar en 17/Jul/2012~17:08
te tiene que contar el tiempo de servicio a efectos de bolsa.

Tienes que mirar en la Orden de 8 de junio de 2011, por la que se regulan las bolsas de trabajo del personal funcionario interino y se establecen las bases reguladoras de dicho personal.


Artículo 14. Excepciones a la exclusión de las bolsas de trabajo.

Sin perjuicio de lo establecido en el artículo 13.1.d), no procederá la exclusión de las bolsas cuando no pueda ocuparse el puesto adjudicado u ofertado por alguna de las siguientes circunstancias:

a) Hallarse en alguna de las situaciones que establece el artículo 87.1 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto del Empleado Público, para el personal funcionario de carrera.

b) Hallarse disfrutando de los períodos de permiso relacionados con la maternidad, la adopción o el acogimiento, o del período de descanso legalmente establecido para la maternidad, en el momento de la oferta.

c) Alegar, por una sola vez en cada curso académico, imposibilidad de acceder al puesto por enfermedad o accidente, en el momento de la oferta.

d) Tener a su cargo, para su cuidado, un hijo o hija menor de tres años.
e) Tener a su cargo un familiar hasta el segundo grado de consanguinidad.....................