Título: Quien primero? Publicado por: loli en 26/Jun/2012~08:55 Pues eso, a quien colocan primero, a los funcionarios en practicas o a las comisiones de servicio?. Yo tenia entendido que despues de nuestro año de practicas nos colocaban delante de las comisiones pero me han dicho que no es asi. Gracias
Título: Re: Quien primero? Publicado por: beki en 26/Jun/2012~10:47 Creo q antes van las comisiones por enfermedad y eso.
Yo tengo otra duda: ¿A quién colocan primero a un funcionario con destino definitivo q pide puestos bilingües o a los provisionales?Supongo q a provisionales no?A ver si alguien lo puede confirmar. Título: Re: Quien primero? Publicado por: yoli_eco en 26/Jun/2012~13:56 El orden de adjudicación es el mismo que el de participación:
1.1. Personal funcionario de carrera titular de un puesto de trabajo suprimido. 1.2. Personal funcionario de carrera desplazado de su centro de destino por insuficiencia total de horario. 1.3. Personal funcionario de carrera que se acoja a la opción de cambio de centro al finalizar el mandato en el ejercicio de la dirección. 1.4. Personal funcionario de carrera en el último año de adscripción en el extranjero. 1.5. Personal funcionario de carrera que reingresa sin reserva de puesto de trabajo. 1.6. Personal funcionario de carrera sin destino definitivo. 1.7. Personal funcionario de carrera que haya obtenido una comisión de servicio. 1.8. Personal funcionario en prácticas. 1.9. Personal funcionario interino integrante de las bolsas de trabajo de los distintos cuerpos y especialidades docentes. Por tanto, las comisiones de servicio van antes que los funcionarios en prácticas, pero si te refieres a los provisionales (1.6) van antes. Con la excepción de comisiones por razones de salud propia, de carácter grave, que van antes que los provisionales. 2. Prioridad en la adjudicación. 2.1. la prioridad en la adjudicación de destino vendrá dada según el orden en que va relacionado el personal participante en la base primera, por el orden de las peticiones y de acuerdo con los criterios establecidos para cada colectivo. 2.2. no obstante, en los supuestos de comisiones de servicio por razones de salud del profesorado catalogadas como muy graves, de conformidad con el artículo 8.5 de la orden de 24 de mayo de 2011, el orden de adjudicación de destinos será el inmediatamente anterior al establecido para el personal funcionario del colectivo 1.6. |