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FORO MAESTROS Y PROFESORES => Foro General-maestros25.com => Mensaje iniciado por: veronik en 20/May/2012~22:11

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Título: permiso/días por enfermedad hijo
Publicado por: veronik en 20/May/2012~22:11
Hola, necesito saber si me corresponde algún día por tener a mi hijo  de un año enfermo. He estado 2 veces en urgencias este fin de semana y me han dicho que debo vigilarlo. De ser así, qué documentos tengo que entregar? Recuerdo en alguna ocasión de compañeros que faltaban 3 días cuando sus hijos estaban enfermos (como si fueran ellos); pero mi duda es si esto era un "favor" del centro o realmente corresponden. Gracias.


Título: Re: permiso/días por enfermedad hijo
Publicado por: piska en 20/May/2012~23:36
Pues tenemos hasta 9 días por enfermedad infecto-contagiosa del niño. Pero si este no es tu caso, creo que con los informes médicos tienes permiso de tres días. Por si acaso, sería conveniente que el médico te diera por escrito el que lo tienes que vigilar. Yo cuando tengo que faltar, entrego el papel del pediatra que inica que he asistido a conslta, y con eso queda justificada la falta. No se si en tu centro lo harán igual.
Espero haberte ayudado.


Título: Re: permiso/días por enfermedad hijo
Publicado por: rvermor107 en 21/May/2012~18:04
No sé si habláis desde otra comunidad autónoma que tenga permisos distintos a los de Andalucía. Aquí no tienes permiso por tener al niño enfermo. El permiso de 4 ó 5 días, según sea dentro o fuera de la localidad, es para hospitalización o enfermedad grave de un familiar. Es decir, si el niño tiene una enfermedad común (fiebre, bronquitis, gastroenteritis...) no corresponde ningún permiso. Lo que ocurre es que, generalmente, los directores dan permiso bajo su responsabilidad y como favor personal, pero no suele ser de más de 1 día.


Título: Re: permiso/días por enfermedad hijo
Publicado por: yomisma85 en 21/May/2012~18:50
No sé si habláis desde otra comunidad autónoma que tenga permisos distintos a los de Andalucía. Aquí no tienes permiso por tener al niño enfermo. El permiso de 4 ó 5 días, según sea dentro o fuera de la localidad, es para hospitalización o enfermedad grave de un familiar. Es decir, si el niño tiene una enfermedad común (fiebre, bronquitis, gastroenteritis...) no corresponde ningún permiso. Lo que ocurre es que, generalmente, los directores dan permiso bajo su responsabilidad y como favor personal, pero no suele ser de más de 1 día.

En Andalucía si que se contempla ese permiso, aunque no se de cuantos días es.
http://www.juntadeandalucia.es/educacion/www/portal/com/bin/Contenidos/ImpresosYsolicitudes/RRHH/permisos_y_licencias/AnexoI_C060405/1127127910260_anexoi.pdf


Título: Re: permiso/días por enfermedad hijo
Publicado por: veronik en 21/May/2012~23:43
¿Alguien sabe los días entonces? Y otra cosa.. yo había decidido hacer huelga mañana. ¿Me contarán el día como huelga o como enfermedad de mi hijo?


Título: Re: permiso/días por enfermedad hijo
Publicado por: MariaDelMar en 22/May/2012~10:48
¿Alguien sabe los días entonces? Y otra cosa.. yo había decidido hacer huelga mañana. ¿Me contarán el día como huelga o como enfermedad de mi hijo?

Te contará como enfermedad, es decir, no te descontarán el sueldo correspondiente. Lo que pasa es que a todos los efectos (también a efectos estadísticos) tú NO has hecho huelga...

Un saludo!


Título: Re: permiso/días por enfermedad hijo
Publicado por: castuo en 22/May/2012~13:42
Normativa aplicable en Andalucía:

http://www.juntadeandalucia.es/educacion/portal/com/bin/Contenidos/RRHH/otra_normativa_y_convocatorias_de_interes/permisos_y_licencias/1201518471824_texto_refundido_definitivo.pdf


Título: Re: permiso/días por enfermedad hijo
Publicado por: rvermor107 en 22/May/2012~18:47
No sé si habláis desde otra comunidad autónoma que tenga permisos distintos a los de Andalucía. Aquí no tienes permiso por tener al niño enfermo. El permiso de 4 ó 5 días, según sea dentro o fuera de la localidad, es para hospitalización o enfermedad grave de un familiar. Es decir, si el niño tiene una enfermedad común (fiebre, bronquitis, gastroenteritis...) no corresponde ningún permiso. Lo que ocurre es que, generalmente, los directores dan permiso bajo su responsabilidad y como favor personal, pero no suele ser de más de 1 día.

En Andalucía si que se contempla ese permiso, aunque no se de cuantos días es.
http://www.juntadeandalucia.es/educacion/www/portal/com/bin/Contenidos/ImpresosYsolicitudes/RRHH/permisos_y_licencias/AnexoI_C060405/1127127910260_anexoi.pdf

Si miras bien los apartados del anexo I, comprobarás que dice "accidente grave, enfermedad grave o fallecimiento del cónyuge o familiares de 1er o 2º grado". Por tanto, como ya dije antes, si la enfermedad no es grave, no existe permiso. En el mismo caso estaría el compañero cuya madre se rompió un brazo, ¿se consideraría esto un accidente grave como para tener un permiso de 5 días? Yo, particularmente, creo que no.
Si aún tenéis dudas, mirar el enlace que ha puesto castuo de toda la normativa.


Título: Re: permiso/días por enfermedad hijo
Publicado por: yomisma85 en 25/May/2012~10:29
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Si miras bien los apartados del anexo I, comprobarás que dice "accidente grave, enfermedad grave o fallecimiento del cónyuge o familiares de 1er o 2º grado". Por tanto, como ya dije antes, si la enfermedad no es grave, no existe permiso. En el mismo caso estaría el compañero cuya madre se rompió un brazo, ¿se consideraría esto un accidente grave como para tener un permiso de 5 días? Yo, particularmente, creo que no.
Si aún tenéis dudas, mirar el enlace que ha puesto castuo de toda la normativa.
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Si miras bien los apartados del anexo I, comprobarás que justo debajo de lo que tú dices pone: enfermedad infecto-contagiosa de hijos menores de 9 años.


Título: Re: permiso/días por enfermedad hijo
Publicado por: veronik en 25/May/2012~17:29
Gracias a todos. No he tenido problema ninguno y he rellenado el anexo I como enfermedad infecto contagiosa puesto que lo que tenía era un virus.


Título: Re: permiso/días por enfermedad hijo
Publicado por: rvermor107 en 25/May/2012~19:24
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Si miras bien los apartados del anexo I, comprobarás que dice "accidente grave, enfermedad grave o fallecimiento del cónyuge o familiares de 1er o 2º grado". Por tanto, como ya dije antes, si la enfermedad no es grave, no existe permiso. En el mismo caso estaría el compañero cuya madre se rompió un brazo, ¿se consideraría esto un accidente grave como para tener un permiso de 5 días? Yo, particularmente, creo que no.
Si aún tenéis dudas, mirar el enlace que ha puesto castuo de toda la normativa.
Si miras bien los apartados del anexo I, comprobarás que justo debajo de lo que tú dices pone: enfermedad infecto-contagiosa de hijos menores de 9 años.

El Anexo I de solicitud de permisos y licencias es para todo el personal de la Junta de Andalucía, incluido el personal laboral ( lo pone arriba, en un cuadro del Anexo). Ese permiso "por enfermedad infecto-contagiosa de un hijo menor de 9 años" es precisamente uno exclusivo para ese tipo de personal (Tienen un permiso de hasta 3 días), al igual que este personal tiene días de asuntos propios pagados y los docentes no los tenemos. Por eso, en la normativa a la que me referí del enlace de Castuo no aparece el permiso citado. Así que, si nuestra compañera veronik es docente, no puede hacer uso de ese permiso. Si se lo han aceptado en su centro debe ser porque desconocen la ley.
Si queréis comprobarlo, podéis consultar el Convenio colectivo del personal laboral de la Junta, Capítulo IX, Artículo33, punto 1, apartado i ( siento no haber podido subir el enlace).
Debemos tener cuidado, y estar muy seguros/as, a la hora de aconsejar algo a alguien, pues podemos inducirle a error o meterlo en problemas.

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