Título: horas de exclusivas Publicado por: georgejorge79 en 03/May/2012~12:43 Muy buenas:
A ver si podéis informarme. El caso es que un lunes de este mes lo tenemos como libre disposición, por lo que no tenemos que asistir al colegio. Sin embargo, en el planing de trabajo de las exclusivas de este mes que nos han entregado, nos indican que las horas de exclusiva que no haremos ese lunes, tendremos que hacerlas durante 1 hora el martes, miércoles y jueves de 14h. a 15h. Mi pregunta: ¿es legal?, si es así ¿cuál sería la referencia legislativa?. ¿Tiene potestad el director para hacer estos cambios? Saludos y gracias. Título: Re: horas de exclusivas Publicado por: tb en 03/May/2012~17:33 Pues no sé cuál será la normativa, pero supongo que sí es legal. A mí me han cambiado las horas de exclusiva muchas veces cuando ha ocurrido esto que comentas, lo que pasa es que nosotros solemos cambiar la tarde (la del lunes la pasamos al martes, por ejemplo). No siempre se ha hecho así, todo depende del trabajo, reuniones... que tengamos pendientes.
Título: Re: horas de exclusivas Publicado por: georgejorge79 en 03/May/2012~19:39 Gracias por la respuesta. También he preguntado a un sindicato y en cuanto tenga la respuesta os contaré.
No obstante, si alguién aporta mas información bienvanida sea. Saludos. Título: Re: horas de exclusivas Publicado por: gloria en 03/May/2012~23:49 Pues yo jamás, en los años que llevo en activo he visto eso. Tampoco ninguno de mis compañeros que andan por multitud de coles. Si pilla la exclusiva un dia de fiesta, pues mala suerte, pero no se recupera.
Entonces, digo yo, ¿si la fiesta cae un jueves o un viernes, esa semana no se hacen las cinco horas de exclusiva, no? porque como no hemos trabajado las 25... se harían las horas proporcionales...? Es más, conozco un cole, en el que el claustro a principios de curso después de revisar el calendario escolar para ese curso, decidió cambiar la exclusiva al lunes, porque ese año coincidían mas fiestas ese día. Creo que no existe normativa que regule esos casos, sólo se hace referencia al nº de horas y a que las tutorías deben ser en horario de tarde para facilitar a los padres que puedan ir. Como diría un entendido de este foro, salvo mejor información... Título: Re: horas de exclusivas Publicado por: georgejorge79 en 04/May/2012~11:02 Gracias por las respuestas.
Después de informarme el sindicato, os comento lo que me han contestado: El asesor jurídico del sindicato dice: "base legal contra algo que convoca el equipo directivo no hay ninguna" no se puede batallar y tenemos las de perder. En definitiva es una faena tener esos miércoles y jueves. La única opción que queda es la conversación o negociación. Os dejo algunos apuntes: - Decreto 328/2010 ... Reglamento Orgánico... (BOJA 16 de julio de 2010 páginas 34 a 57) se trata desde la página 51 en adelante aspectos sobre competencias del claustro, competencias de la dirección... (en el artículo 70. e) -página 52 del boja- pone como competencia de la dirección -> Ejercer la jefatura de todo el personal adscrito al centro ... Según esto pueden pedirnos el director que acudamos a dichas horas de exclusiva y claro la inspección estará de su lado. - Reglamento Orgánico (aclaraciones): en el punto 19 de dichas aclaraciones se especifica un poco sobre la Orden de 20 de agosto de 2010 sobre Organización y Funcionamiento ... (BOJA 30 de agosto de 2010 páginas 9 a 14) especialmente en la página 12 el artículo 13.3 sobre la parte del horario semanal de obligada permanencia (donde ..."de acuerdo con el plan de reuniones establecido por la jefatura de estudios... al menos una hora a la semana se procure la coincidencia de todo el profesorado...". Saludos. |