Título: ¿sabeis si teniendo una vacante en Madrid cobraré en verano? Publicado por: caceras en 01/Nov/2011~10:56 Hola, como en la Comunidad de Madrid las cosas son como son quería saber si teniendo vacante hasta el 30 de junio cobraré luego en verano o no. Quiero saberlo para hacerme cuentas y saber si tengo que ahorrar para verano o no.
Gracias Título: Re: ¿sabeis si teniendo una vacante en Madrid cobraré en verano? Publicado por: prieto en 01/Nov/2011~11:00 Hola, como en la Comunidad de Madrid las cosas son como son quería saber si teniendo vacante hasta el 30 de junio cobraré luego en verano o no. Quiero saberlo para hacerme cuentas y saber si tengo que ahorrar para verano o no. Creo que hasta ahora se cobraba el verano habiendo trabajado cinco meses y medio, pero mejor que te contesten los de madrid.Gracias Título: Re: ¿sabeis si teniendo una vacante en Madrid cobraré en verano? Publicado por: caceras en 01/Nov/2011~11:03 Y dónde llamo? a la DAT correspondiente?
¿hay algún sitio dónde se pueda ver convenios de funcionarios del cuerpo de maestros de la Comunidad de Madrid? Gracias Título: Re: ¿sabeis si teniendo una vacante en Madrid cobraré en verano? Publicado por: prieto en 01/Nov/2011~11:31 Según el acuerdo de 28 de octubre de 2006, seguimos con lo establecido en el acuerdo de 11 de abril de 2000. Que no encuentro.
Pero leyendo, esta pagina http://www.madridprogresista.es/2010/06/13/el-gobierno-aguirre-se-ceba-en-los-recortes-a-los-profesionales-de-la-educacion/ Parece ser que tienes que tener contrato hasta el 31 de agosto Título: Re: ¿sabeis si teniendo una vacante en Madrid cobraré en verano? Publicado por: Ligia en 01/Nov/2011~11:50 A ver...
Ya el curso pasado sólo cobraron el verano (entendiendo Julio y Agosto) aquellas personas que tenían nombramiento con VACANTE hasta el 31 de Agosto. Este curso es igual. Se ha perdido el derecho de cobro al haber trabajado los cinco meses y medio. Caceras, si tienes vacante y en tu nómina pone a 31 de agosto, tienes el verano completo. Si pone a 30 de Junio, y es vacante, notifícalo en tu DAT correspondiente no vaya a ser que "se les pase" que era vacante. En caso de sustitución, aunque se sepa que es vacante, pero no esté denominada como tal, se cobrará a razón de dos días y medio por mes trabajado. Es de locos ver que gente que llaman en septiembre para sustitución NO cobran el verano completo y, sin embargo, gente que llaman despues, pero con la denominación de vacante, SÍ lo cobran. Es un sentido, como tantos de la Comunidad de Madrid. Saludos Título: Re: ¿sabeis si teniendo una vacante en Madrid cobraré en verano? Publicado por: caceras en 01/Nov/2011~14:23 Pues he estado mirando los papeles y ahí no pone que sea vacante en ningún sitio (aunque sí que lo es porque tengo la hoja de servicios hasta el 30 de junio) pero resulta que en la nómina y como tu dices efectivamente pone fecha de baja a 30 de junio. Vamos que no es que se les pase que lo hacen así aposta. Vamos que me voy a quedar con los 2 días y medios trabajados.
Vivan los recortes de la Comunidad de Madrid!!!!(ironico claro) De todos modos, gracias por las respuestas. |