Título: Baja por accidente laboral. Que derechos tenemos?? Publicado por: Anaroci en 12/Mar/2019~13:53 Muy buenas, a ver si me podéis ayudar. Estoy de baja porque tuve un accidente en el cole. Pero me han dicho que aunque sea accidente laboral cuando se incorpore mi titular pierdo todos los derechos. Eso es así?? Nos quedábamos sin poder trabajar y con una mano delante y otra detrás??? No tenemos ningún derecho??. Alguien que le haya pasado y me pueda orientar un poco. Muchísimas gracias compañer@ s
Título: Re: Baja por accidente laboral. Que derechos tenemos?? Publicado por: Anaroci en 12/Mar/2019~15:10 Muchas gracias x contestar. Entonces primero haría el paso 1 y como es eso del pago directo??, y después haría el paso 2. Me he enterado bien, verdsd,?,, jjj.
Título: Re: Baja por accidente laboral. Que derechos tenemos?? Publicado por: lotris en 12/Mar/2019~19:05 Muy buenas, a ver si me podéis ayudar. Estoy de baja porque tuve un accidente en el cole. Pero me han dicho que aunque sea accidente laboral cuando se incorpore mi titular pierdo todos los derechos. Eso es así?? Nos quedábamos sin poder trabajar y con una mano delante y otra detrás??? No tenemos ningún derecho??. Alguien que le haya pasado y me pueda orientar un poco. Muchísimas gracias compañer@ s Cuando se acaba la baja te pasarán varias cosaspide certificado a seguridad social de tu delegación y pides cita en seguridad social y te pagan por IT. le dices que pides el pago directo. segundo...cuando vuelvas a bolsa sipri te convoca y pides pero al pedir tienes q pasar a No disponible por IT adjuntas baja medica en vez de p10 coge un destino largo...xq no te incorporas pero sumarás el tiempo a bolsa..pa opos y verano no. al ponerte de alta vas a seguridad social y lo cortas...llamas a delegacion y te meten a bolsa y pides otra vez te lo digo de primera mano...xq voy por el último paso Esto es lo mismo que si me doy de baja estando embarazada pero no por embarazo? Estoy de sustitución y he llamado a varios sindicatos preguntando qué ocurre si me doy de baja durante el embarazo y mi titular vuelve a incorporarse. Y uno de ellos me respondio algo así: Al yo no tener ya relación laboral con la junta pues pasaría a seguridad social y volvería a bolsa pero cuando me volvieran a llamar pues tendría que alegar que estoy de baja, me dijo que me contaría el TS pero que evidentemente al no tener contrato ya con la junta no cobraría. ¿Es así? Estoy llamando a varios sindicatos pero algunos no trabajan todas las tardes, otros no lo saben con seguridad... en fin, un mar de dudas. Gracias. Título: Re: Baja por accidente laboral. Que derechos tenemos?? Publicado por: Anaroci en 12/Mar/2019~20:33 Muchas gracias x contestar. Entonces primero haría el paso 1 y como es eso del pago directo??, y después haría el paso 2. Me he enterado bien, verdsd,?,, jjj. Los dos primeros son casi a la vez....el pago directo es que te paga la seguridad social en vez de delegaciónGracias x contestar, me has aclarado más a su sindicato. Ellos me han dicho que no tendría derecho s cobrar nada ni a tiempo de servicio. Y fíjate si cobraría x la seguridad social y me contaría el tiempo de servicio par bolsa. Mañana me voy a dar de baja pq desde luego es indignante. De verdad muchas gracias x la información. Título: Re: Baja por accidente laboral. Que derechos tenemos?? Publicado por: Anaroci en 12/Mar/2019~20:36 Muchas gracias x contestar. Entonces primero haría el paso 1 y como es eso del pago directo??, y después haría el paso 2. Me he enterado bien, verdsd,?,, jjj. Los dos primeros son casi a la vez....el pago directo es que te paga la seguridad social en vez de delegaciónMuy buenas, a ver si me podéis ayudar. Estoy de baja porque tuve un accidente en el cole. Pero me han dicho que aunque sea accidente laboral cuando se incorpore mi titular pierdo todos los derechos. Eso es así?? Nos quedábamos sin poder trabajar y con una mano delante y otra detrás??? No tenemos ningún derecho??. Alguien que le haya pasado y me pueda orientar un poco. Muchísimas gracias compañer@ s Cuando se acaba la baja te pasarán varias cosaspide certificado a seguridad social de tu delegación y pides cita en seguridad social y te pagan por IT. le dices que pides el pago directo. segundo...cuando vuelvas a bolsa sipri te convoca y pides pero al pedir tienes q pasar a No disponible por IT adjuntas baja medica en vez de p10 coge un destino largo...xq no te incorporas pero sumarás el tiempo a bolsa..pa opos y verano no. al ponerte de alta vas a seguridad social y lo cortas...llamas a delegacion y te meten a bolsa y pides otra vez te lo digo de primera mano...xq voy por el último paso Esto es lo mismo que si me doy de baja estando embarazada pero no por embarazo? Estoy de sustitución y he llamado a varios sindicatos preguntando qué ocurre si me doy de baja durante el embarazo y mi titular vuelve a incorporarse. Y uno de ellos me respondio algo así: Al yo no tener ya relación laboral con la junta pues pasaría a seguridad social y volvería a bolsa pero cuando me volvieran a llamar pues tendría que alegar que estoy de baja, me dijo que me contaría el TS pero que evidentemente al no tener contrato ya con la junta no cobraría. ¿Es así? Estoy llamando a varios sindicatos pero algunos no trabajan todas las tardes, otros no lo saben con seguridad... en fin, un mar de dudas. Gracias. Título: Re: Baja por accidente laboral. Que derechos tenemos?? Publicado por: marisolreva en 12/Mar/2019~21:12 Hola quería preguntaros una cosita, entonces si paga seguridad social, eso sería a descontar del desempleo o no? Yo es que tuve una situación parecida y la información que me dieron es que seguía en bolsa, me contaba el tiempo de servicio pero me pagaría seguridad social descontandolo del desempleo. Un saludo
Título: Re: Baja por accidente laboral. Que derechos tenemos?? Publicado por: marisolreva en 12/Mar/2019~21:36 Hola quería preguntaros una cosita, entonces si paga seguridad social, eso sería a descontar del desempleo o no? Yo es que tuve una situación parecida y la información que me dieron es que seguía en bolsa, me contaba el tiempo de servicio pero me pagaría seguridad social descontandolo del desempleo. Un saludo Si...es así al menos en mi casoEs que no sé si me he explicado bien,lo que quería decir es que lo que se cobra es el desempleo Título: Re: Baja por accidente laboral. Que derechos tenemos?? Publicado por: lotris en 12/Mar/2019~22:20 Cobrarias entonces el paro, digamos? y el TS que te contaría hasta final del curso? Gracias!!!!!!!
Título: Re: Baja por accidente laboral. Que derechos tenemos?? Publicado por: Anaroci en 13/Mar/2019~07:48 Recordad también q de baja no puedes apuntarte al paro... Perdonad, creo que me he perdido. Entonces es seguridad social o paro lo que se cobraría??? Porque se supone que estoy de baja. No se haría cargo la seguridad social que le es nuestra mutua?? Título: Re: Baja por accidente laboral. Que derechos tenemos?? Publicado por: Anaroci en 13/Mar/2019~09:01 Yo alucino llevo trabajando más de 17 años y resulta q la SS no se haría cargo de la baja sino q sería mi paro q mal tenemos las cosas los interinos y los sindicatos que no velan por mejorar nuestros derechos. En fin muchísimas gracias x todo. Cuando se incorpore mi titular iré como me has dicho a la SS de la delegacion(supongo que es un departamento en la misma delegacion de educacion, no?) Y tramitar los papeles aunque me lo descuentan. Gracias de verdad.
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