A zeronter o quien lo sepa: ¿Cuántos días hay que trabajar para poder cobrar el verano? Y por otro lado, ¿la paga extra de navidad también se cobra con carácter retroactivo? Habiendo empezado a trabajar en octubre ¿cuánto me correspondería de paga extra?
Gracias!!
Respecto al cobro del verano creo que se sigue aplicando esto (de un documento de UGT Andalucía):
El personal funcionario interino que haya prestado servicios, a 30 de junio de cada curso académico, por un período igual o superior a siete meses, percibirá las
retribuciones correspondientes a los meses de julio, agosto y, en su caso, a la parte que pudiera corresponder del mes de septiembre. También percibirá dichas
retribuciones cuando se hayan prestado dos meses de servicios efectivos en cada uno de los trimestres naturales del correspondiente curso académico o se haya
ocupado un puesto vacante en el período comprendido entre el comienzo del curso y el inicio del período vacacional de la Navidad y se continúe prestando
servicios hasta el 30 de junio de dicho curso académico.
En quienes no concurra alguna de las circunstancias del apartado anterior:
SEIS MESES -UN MES
UN MES- CINCO DÍAS
DE 24 A 29 DÍAS- CUATRO DÍAS
DE 18 A 23 DÍAS- TRES DÍAS
DE 12 A 17 DÍAS- DOS DÍAS
DE 6 A 11 DÍAS- UN DÍA"
En relación a la paga extra, la de verano y la de Navidad se generan durante los seis meses anteriores y si solo se trabaja una parte se cobra proporcionalmente. Si empezaste en septiembre pues 4/6 partes de la paga más o menos.