Hablamos del apartado 1.1.3
1.1.3. Por cada año como personal funcionario de carrera en plaza, puesto o en centros que tengan la calificación de especial dificultad: centros CAEP, centros de compensación educativa, colegios públicos rurales, escuelas rurales con imposibilidad geográfica de agrupamiento y los centros con proyecto de carácter especial con plantilla inestable.
Nos vamos a las disposiciones complementarias de la orden.
Segunda. Antigüedad.
Procederá asignar puntuación por el subapartado 1.1.3 a los participantes en el concurso que se encuentren en las siguientes situaciones:
- Los que participen en el concurso conforme al subapartado 1.1.1 con destino definitivo en plaza, puesto o centro de especial dificultad, siempre que se esté ocupando.
- Los que participen en el concurso conforme al subapartado 1.1.2 y durante el tiempo de provisionalidad hayan estado en una plaza, puesto o centro de especial dificultad.
- Los participantes de los subapartados 1.1.1 y 1.1.2 que tengan concedida una comisión de servicio en otra plaza, puesto o centro que tenga la calificación de especial dificultad.
- Cuando se participe desde el primer destino definitivo no se valorarán, los servicios en centros de este tipo que se prestaron en la provisionalidad que se valora en el
subapartado 1.1.2.
Y lamentablemente... ahí está la respuesta.
Muchas gracias de nuevo por tu interés, de verdad. Un gran saludo.
Otra duda que tengo es si un año has sido tutor y coordinador de ciclo, te cuentan dos puntos o como han sido durante el mismo año solo te cuentan uno de ellos