Buenos días, si te refieres a recuperar el período no lectivo de Semana Santa en otra fecha... Eso no es posible.
Las únicas vacaciones que tenemos contempladas son del 1 al 31 de agosto. Si ese mes estás de baja, sí es recuperable (según normativa y bajo determinadas condiciones).
Si te referías a otra cosa pues no lo entendí bien

Saludos.