si, las 30 horas tal como dices, son de obligatoria permanencia, pero en ningún sitio está estipulado por escrito que obligatoriamente se ha de tener formación;
No sé, a mi es que personalmente no me parece de lógica hacer un curso que ni yo he votado en claustro
Pues KARPOV, perdona que insista, pero en estas dos afirmaciones te equivocas. Por eso te decía lo de conocer la normativa.
Sí que está estipulado por escrito en el 328 y aunque tú no lo hayas votado, si está dentro del Plan de Formación que se hace a partir del Plan de Mejora que a su vez se hace teniendo en cuenta la Memoria de Autoevaluación y que ambas cosas están registradas en Séneca y revisadas y evaluadas por la Inspección, hay que formarse en esa temática.
Artículo 7 del 328 sobre las
funciones y deberes del profesorado:
k) La participación en las actividades formativas programadas por los centros como consecuencia de los resultados de la autoevaluación o de las evaluaciones internas o externas que se realicen.Saludos.
si puedes hacer la opción de comentarme donde lo indica, porque yo lo que sé es que lo obligatorio es tener un plan de formación, no que el profesorado esté obligado a hacer formación dentro del horario de permanencia.
De hecho llevo años ya que no hago formación y nadie me ha tosido jaja. y que se atrevan con noramtiva en mano, porque no tengo intención de hacer un curso solo poruqe se decia en el curso anterior, cuando el curso ni me va, ni me viene y de los que me interesan a mi por mi formación, me los tenga que pagar yo de mi bolsillo y en mi horario de ocio.