No te sirve para el IRPF.
Si estás en Andalucía, hacerte pareja de hecho te equipara al matrimonio en todo, excepto para hacienda (y el tema de viudedad y herencias, que tendría que pasar un año para obtener lo primero y hacer testamento para lo segundo).
Yo le di muchas vueltas y finalmente decidimos hacernos pareja de hecho en lugar de casarnos. Además, lo del IRPF tampoco es tan beneficioso. Estuve casada muchos años antes y aún no sé cuáles son esos supuestos beneficios fiscales por estar casados.
En cuanto a lo que preguntas en el otro hilo, si puedes pedirlos tú en una fecha y tu pareja en otra, no lo sé, se supone que es un permiso para comenzar la vida en común (aunque hoy día pocos esperan / esperamos a esos 15 días, por suerte).