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Autor Tema: Días de asuntos propios en septiembre y junio  (Leído 7836 veces)
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OCI
  

Principiante
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Registro:05/May/2006~08:50
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« : 19/Dic/2017~10:43 »


Hola:
Algo he oído por ahí sobre los días de asuntos propios retribuidos en junio y septiembre, es decir, en los días que vamos al cole y no hay niños. Pero no me queda nada claro. En nuestro centro no nos han explicado absolutamente nada de este asunto. Por eso acudo a este foro. A ver si alguien puede explicarme con claridad en que consiste todo esto.
Muchas gracias.
PD: Hablo de Andalucía
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RM
  

Veteran@
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Registro:09/Feb/2008~20:44
Mensajes: 3.605
 
« Respuesta #1 : 19/Dic/2017~11:32 »

Los concede potestativamente el director y es en los días que no hay clase lectiva.
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Jerezana1
  

Nuev@

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Registro:04/Jul/2017~12:40
Mensajes: 215
 
« Respuesta #2 : 19/Dic/2017~20:10 »

Los concede potestativamente el director y es en los días que no hay clase lectiva.
No solo eso, sino que además no puede haber programado claustro o cualquier reunión para ese día.
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conchaa
  

Nuev@

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Registro:04/Jun/2009~16:51
Mensajes: 31
 
« Respuesta #3 : 20/Dic/2017~09:20 »

En mi colegio,la mayoría, nos cogimos el último día de junio. Este curso nos ha dicho la directora que el inspector le ha dado un tirón de orejas. Este señor le dice que esos días sólo se pueden conceder en julio  icon_eek
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Rociomaestra88
  

Nuev@

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Registro:05/Feb/2011~14:53
Mensajes: 35
 
« Respuesta #4 : 20/Dic/2017~10:51 »

Una mentira como una casa lo que os dice vuestro director.. En mi cole nos cogemos siempre mínimo 3 días en Junio. Y nunca ha habido ningún tirón de orejas por parte de ningún inspector. De hecho siempre nos dice que son días que nos corresponden siempre que no haya claustro, cosa que ya nos encargamos de hacer antes 041
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Persa
  

Nuev@

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Registro:29/Abr/2012~18:59
Mensajes: 112
 
« Respuesta #5 : 21/Dic/2017~10:42 »

¿Y cuántos días se supone que son en Andalucía?
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nevus
  

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Registro:27/Ene/2011~14:21
Mensajes: 557
 
« Respuesta #6 : 21/Dic/2017~17:24 »

Jajajajaja. En Córdoba los tienen prohibidos. Otra cosa es lo que se haga.
Es como lo de salir a fumar en los recreos, si te pillan la has cagado.
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OCI
  

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Mensajes: 872
 
« Respuesta #7 : 24/Dic/2017~12:21 »

No me queda nada claro...  017
Hay alguna ley al respecto??
Es muy fuerte que no conozcamos nuestros propios derechos  089
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zeronter
  

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Mensajes: 49.269
 
« Respuesta #8 : 24/Dic/2017~12:25 »

Hay una normativa al respecto pero no la tengo ahora.Habria que buscarla.
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Vuela amig@, vuela alto porque cuando vuelas muy bajo la gente tira a matar...
yomisma85
  

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Mensajes: 8.500
 
« Respuesta #9 : 24/Dic/2017~12:34 »

La circular que regula todos nuestros permisos.

Sólo los usuarios registrados pueden ver los Links.
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https://www.csif.es/sites/default/files/field/legado/164976/circular_de_licencias_y_permisos_actualizada_a_ma_10855.pdf


10. PERMISOS POR ASUNTOS PARTICULARES RETRIBUIDOS.
 Dadas las características especiales del calendario y la jornada escolar, los permisos
por asuntos particulares retribuidos a que se refiere el artículo 48.k) de la Ley 7/2007, de 12
de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público, en la redacción dada por la disposición
adicional cuarta de la Ley Orgánica 9/2013, de 20 de diciembre, de control de la deuda
comercial en el sector público, podrá disfrutarlos el personal docente en los períodos no
lectivos del referido calendario escolar.
En tales períodos, las personas titulares de las direcciones de los centros o
responsables de los servicios educativos podrán conceder hasta un máximo de cuatro días
en cada curso académico, sin perjuicio de lo establecido en la cláusula séptima del Acuerdo
de 9 de julio de 2013. El permiso, cuyo disfrute estará condicionado a las necesidades del
servicio educativo, será, en todo caso, proporcional al período trabajado en el correspondiente
curso académico.
 Las personas titulares de las direcciones de los centros o responsables de los servicios
educativos podrán denegar el disfrute de este permiso en los días en que los centros tengan
programadas actividades relacionadas con la evaluación del alumnado o con la preparación
del curso académico.
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OCI
  

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« Respuesta #10 : 25/Dic/2017~20:57 »

Todo el poder para los directores... 064 eusa_clap
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zeronter
  

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« Respuesta #11 : 25/Dic/2017~21:36 »

Asi estan las cosas que algunos se creen que el colegio es su cortijo particular donde hacen y deshacen a su antojo.
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Vuela amig@, vuela alto porque cuando vuelas muy bajo la gente tira a matar...
Ana
  

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« Respuesta #12 : 26/Dic/2017~17:13 »

Asi estan las cosas que algunos se creen que el colegio es su cortijo particular donde hacen y deshacen a su antojo.

Tienes toda la razón, cada vez más se creen que hasta el dinero que entra lo ponen ellos o ellas ,las personas que están en el mando deberían ser administrativos/as y todo el mundo los maestros/as a trabajar con niños.
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"Si a la orilla del mar encuentras a alguien con hambre, no le regales un pez;enseñale a pescar".
DUQUESA
  

Avanzad@
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Si queremos que nuestro sueño llegue, llegará..
 
« Respuesta #13 : 28/Dic/2017~13:18 »

En mi colegio,la mayoría, nos cogimos el último día de junio. Este curso nos ha dicho la directora que el inspector le ha dado un tirón de orejas. Este señor le dice que esos días sólo se pueden conceder en julio  icon_eek


En Julio hay que estar en los centros? Yo soy de infantil, me han dicho que no ya que los interinos finalizan su contrato el 30 de Junio.
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RM
  

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« Respuesta #14 : 28/Dic/2017~17:25 »

En Julio,en teoría ,podrían disponer de tí,pero en la práctica no lo hacen ni lo han hecho nunca.El mes de vacas legal es Agosto.
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DUQUESA
  

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Si queremos que nuestro sueño llegue, llegará..
 
« Respuesta #15 : 29/Dic/2017~17:53 »

En Julio,en teoría ,podrían disponer de tí,pero en la práctica no lo hacen ni lo han hecho nunca.El mes de vacas legal es Agosto.

Disponer de mi>? Pero si soy interina y mi contrato finaliza el 30 de junio.... es que yo la primera semana de julio tengo que coger un avión, espero no tener problemas...
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RM
  

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« Respuesta #16 : 30/Dic/2017~16:52 »

Si tu contrato de interina termina el 30 de Junio no pueden disponer de tí en Julio,me refiero a los profes no interinos.
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DUQUESA
  

Avanzad@
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Registro:27/Ago/2007~12:04
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Si queremos que nuestro sueño llegue, llegará..
 
« Respuesta #17 : 30/Dic/2017~18:47 »

Si tu contrato de interina termina el 30 de Junio no pueden disponer de tí en Julio,me refiero a los profes no interinos.

gracias RM, un saludo y feliz año !!
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