Aquí está la circular. Por parto no parece que haya permiso para los hermanos.
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EDITO. Aquí hay un supuesto práctico de una cesárea:
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2. Caso práctico.
María solicita acogerse a este permiso por el parto a través de cesárea de su
hermana, que queda hospitalizada durante varios días.
La Circular sólo se refiere a la consideración del parto como proceso
patológico, a los solos efectos de este permiso, para extenderlo exclusivamente al
padre y a la madre de los progenitores.
La cesárea se entiende como una forma de nacimiento o como variante del
parto normal, por lo que sólo podrá considerarse como enfermedad grave en el caso
de una inesperada evolución y complicación, tras la práctica de la cesárea y que
afecta de forma importante a la recuperación de la madre. En consecuencia, la
realización de una cesárea que evoluciona sin complicaciones no se considera como
asimilada a enfermedad grave.