¿Esto lo siguen pidiendo? ¿No basta con una autorización para que lo consulten y así nos ahorramos el trámite y tener que pagar encima (por poco que sea)?
He leído esto en la web del gobierno. ¿Lo sabrán ya los de la Junta?
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Certificado para trabajar con menores.
Nuevo procedimiento singular para la expedición de certificado de antecedentes penales para personas que trabajen en contacto habitual con menores.
La Ley Orgánica 1/1996Este enlace se abre en una nueva pantalla, de Protección Jurídica del Menor, modificada por la Ley 26/2015Este enlace se abre en una nueva pantalla y la Ley 45/2015Este enlace se abre en una nueva pantalla, de voluntariado establecen la obligación de que se aporten certificados negativos del Registro Central de Delincuentes Sexuales para todos los profesionales y voluntarios que trabajan en contacto habitual con menores. Hasta la entrada en funcionamiento del Registro Central de Delincuentes Sexuales, estos certificados se expedirán por el Registro Central de Penados.
Para agilizar la obtención de los certificados de antecedentes penales para personas que trabajan con menores se han habilitado los siguientes procedimientos en función de la relación existente entre la entidad que solicita el certificado y el ciudadano.
Las personas que trabajan con menores en el ámbito de una relación laboral con una Administración Pública, no es necesario que lo soliciten de forma personal e individualizada, siendo suficiente con autorizar a la administración para la que trabajan a que acceda a su información penal a través de la Plataforma de Intermediación de Datos que gestiona el Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas. Cualquier administración que lo solicite puede darse de alta en el Área de Descargas del Portal de Administración ElectrónicaEste enlace se abre en una nueva pantalla
Área Descargas > Formularios y procedimientos de autorización > Formularios de acceso a los servicios > Formulario Acceso CONSULTA NO TENER ANTECEDENTES PENALES (359 KB DOC)