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Foro de Maestros25 > OPOSICIONES > Oposiciones-2016 > Tema: Necesidad de titulación para otra especialidad
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Autor Tema: Necesidad de titulación para otra especialidad  (Leído 2233 veces)
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hopedream
  

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Registro:25/Ago/2015~22:59
Mensajes: 5
 
Necesidad de titulación para otra especialidad
« : 02/Oct/2015~13:22 »


¡Hola! Aún no soy nada más que una opositora que está empezando el camino de preparación. Pero justamente por eso me surge una duda y espero que alguien me la pueda resolver, porque en el tiempo que he estado leyendo este foro incluso antes de registrarme, siempre he visto que todo el mundo se ayuda mucho y hay gente muy apañada. 081

Si una persona tiene una titulación de diplomatura en EF o Música o Lengua Extranjera, por ejemplo, pero se quiere presentar por PT o AL, tengo entendido que se puede hacer, que se puede presentar aunque no tenga titulación de PT o AL por lo que he leído en el foro. Hablo de Andalucía (sí, ya sé que no hay hasta 2017 y que las cosas pueden cambiar... pero bueno, me refiero en base a como está la cosa actualmente).

Pero mi duda es al leer la "Orden de 8 de junio de 2011, por la que se regulan las bolsas de trabajo del personal funcionario interino y se establecen las bases reguladoras de dicho personal", que dice:

Artículo 4. Permanencia en las bolsas de trabajo. - De conformidad con lo establecido en el artículo 20 del Decreto 302/2010, de 1 de junio, el personal integrante de una bolsa de trabajo docente, salvo el personal a que se refiere la disposición adicional cuarta del Decreto 302/2010, de 1 de junio, podrá permanecer en la misma hasta la realización de un nuevo procedimiento selectivo, convocado por la Administración educativa andaluza, que afecte a la especialidad del cuerpo en cuya bolsa figure y para la que reúna el requisito de titulación, sin perjuicio de la actualización a que se refiere el artículo 2. Finalizado el referido procedimiento selectivo, permanecerá en la bolsa si alcanza una puntuación de, al menos, cinco puntos por la aplicación del baremo que figura como Anexo I.

Entonces la duda me viene en ese respecto a ese trocito donde dice que para permanecer en la bolsa de trabajo hay que tener la titulación requerida de la especialidad que sea. Entonces si esa persona con diplomatura de EF / Música / Lengua Extranjera que se presenta a PT o AL, si aprobase sin sacar plaza ¿podría entrar en la bolsa de trabajo como aspirante a la espera de que le llamen en ese año o el siguiente? ¿o por no tener titulación PT / AL no podría quedarse en la bolsa?

¡¡¡Muchas gracias!!!
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