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Autor Tema: Decreto 97/2015 de 3 marzo (Andalucía). AYUDA POR FAVOR!  (Leído 4891 veces)
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MarioPM
  

Nuev@

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« : 13/Mar/2015~19:43 »


Muy buenas tardes, compañeros y compañeras, interinos e interinas que vamos a acabar con un infarto con tantas leyes de última hora antes de las oposiciones. Hoy 13 de marzo ha salido el Decreto 97/2015 de 3 marzo por el que se establece la ordenación y el curriculum de la Educación Primaria en Andalucía.

Yo, en mi caso, me presento a las oposiciones por Lengua Extranjera Inglés, y voy a programar para un 5° curso de primaria.

Pues resulta que, cuando leo el Decreto, que consta de 12 páginas, justo en la última página, en la disposición transitoria única, habla de la vigencia del anterior decreto 230/2007, de 31 de julio, y no sé cómo interpretarlo, ya que no sé si este nuevo Decreto hay que nombrarlo en las oposiciones como Ley de referencia para la programación, o sin embargo, lo que quiere decir esta disposición transitoria única es que el nuevo decreto entra en vigor el curso que viene, con lo cual para estas oposiciones no hay ni que mencionarlo.

Resumiendo, que nos están volviendo locos o yo ya no me entero. A ver si alguien me indica cómo afecta este nuevo Decreto 97/2015 al proceso de las oposiciones 2015, y si desde su publicación en BOJA queda el 230/2007 derogado o no.

Como siempre, un saludo enorme, y a todos los opositores y opositoras, suerte y mucho ánimo.

Gracias,

M
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juan máximo
  

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Nada es imposible si crees que lo puedes lograr.
 
« Respuesta #1 : 14/Mar/2015~00:19 »

Creo que te refieres a esto,Mario:

Disposición transitoria única. Vigencia del Decreto 230/2007, de 31 de julio, por el que se establece la
ordenación y las enseñanzas correspondientes a la Educación Primaria en Andalucía.
Hasta la implantación de la nueva ordenación de 2.º, 4.º y 6.º de Educación Primaria en el curso escolar
2015/2016, de acuerdo con el calendario de implantación establecido en la disposición final primera del Real
Decreto 126/2014, de 28 de febrero, las enseñanzas de esta etapa se regirán por lo establecido en el Decreto 230/2007, de 31 de julio.

Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
Queda derogado el Decreto 230/2007, de 31 de julio, así como cuantas otras disposiciones de igual o
inferior rango se opongan a lo establecido en el presente Decreto.

Ya he comentado en otro hilo que esto es una incongruencia.Por un lado dice que hasta la implantación de la nueva  ordenación de 2º,4º y 6º,(es decir el curso 2015/2016),las enseñanzas de esta etapa,(o sea toda la etapa de primaria),se regirán por el decreto 230/2007.
Y por otro lado dice que el decreto 230/2007 queda derogado.

Esto no hay quien lo entienda.Por ejemplo no especifica que el decreto 97/2015 se aplicará este año a los cursos 1º,3º y 5º.
No se si comprendes lo que quiero decir,porque de verdad es complicado.
Tan complicado que ya está en manos de un sindicato para pedir su aclaración a la Consejería.
Cuando se sepa algo en claro te comento.
Un saludo.
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MarioPM
  

Nuev@

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« Respuesta #2 : 14/Mar/2015~01:59 »

Mil gracias, Juan. Me alegra ver que no soy el único que se ha dado cuenta de esto.
Quedo a la espera de que nos informes cuando sepas algo.

De nuevo mil gracias por tu sabia respuesta.

Un saludo,

M
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jrueda20
  

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« Respuesta #3 : 14/Mar/2015~11:40 »

Mil gracias, Juan. Me alegra ver que no soy el único que se ha dado cuenta de esto.
Quedo a la espera de que nos informes cuando sepas algo.

De nuevo mil gracias por tu sabia respuesta.

Un saludo,

M

Buenas,

Yo creo que es sencillo: si preparas para 5º hazlo con la normativa nueva. Si lo haces para 2º, 4º o 6º te limitas a la antigua. Así es como está especificado por la consejería. No te agobies más. Suerte!
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juan máximo
  

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Nada es imposible si crees que lo puedes lograr.
 
« Respuesta #4 : 14/Mar/2015~11:56 »

Mil gracias, Juan. Me alegra ver que no soy el único que se ha dado cuenta de esto.
Quedo a la espera de que nos informes cuando sepas algo.

De nuevo mil gracias por tu sabia respuesta.

Un saludo,

M


Buenas,

Yo creo que es sencillo: si preparas para 5º hazlo con la normativa nueva. Si lo haces para 2º, 4º o 6º te limitas a la antigua. Así es como está especificado por la consejería. No te agobies más. Suerte!
OK,si según especificó la Consejeria,es muy sencillo,como dices.Lo que pasa es que este decreto lo enreda todo.
Y no hay que olvidar que lo "oficial" es el Decreto.
 115
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arboldelgranado
  

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« Respuesta #5 : 14/Mar/2015~13:08 »

Tengo una duda legislativa. Los colegios bilingües siguen las directrices la orden antigua (anterior al nuevo decreto). La Orden que regula los centros bilingües en Andalucía; creo que la última es de 2011. Es que esta Orden nombra la LEA; pero claro, no les ha dado tiempo a crear ninguna orden nueva. Y con esto, hay muchísimas órdenes que están vinculadas a la ley antigua también. Supongo que siguen vigentes hasta que haya alguna que la derogue o modifique, ¿no?
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Seño1273
  

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« Respuesta #6 : 14/Mar/2015~14:33 »

El Decreto dice bien claro que se derogará el 230 con la nueva implantación para 2º, 4º y 6º en 2015/2016. Por tanto, si se programa para el curso que viene habría que hacerlo, según este decreto, con la LOMCE para todos los cursos. Quién quiera programar con el Decreto 230 tendría que hacerlo del curso pasado 2014/2015. ¿Es esto así? Porque es lo que deduzco de leer la disposición transitoria y la derogatoria.
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lola6
  

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« Respuesta #7 : 14/Mar/2015~14:55 »

ok, pero eso para la programación, pero para el temario hay que incluir el nuevo decreto no? gracias
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juan máximo
  

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Nada es imposible si crees que lo puedes lograr.
 
« Respuesta #8 : 14/Mar/2015~15:06 »

El Decreto dice bien claro que se derogará el 230 con la nueva implantación para 2º, 4º y 6º en 2015/2016. Por tanto, si se programa para el curso que viene habría que hacerlo, según este decreto, con la LOMCE para todos los cursos. Quién quiera programar con el Decreto 230 tendría que hacerlo del curso pasado 2014/2015. ¿Es esto así? Porque es lo que deduzco de leer la disposición transitoria y la derogatoria.

No sé si yo estaré espeso,pero para mí el decreto no dice eso tan claro. 017
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MarioPM
  

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« Respuesta #9 : 14/Mar/2015~16:29 »

Hola a todos, y a gracias por vuestros "feed-backs". Se agradece vuestra ayuda e interés en el tema.

Me gustaría dejar claro que para las oposiciones que tendrán lugar en junio/julio 2015, tengo entendido que se programa para el presente curso lectivo, es decir, para el curso 2014/15.

Con lo cual, y esto va para seño1273, me temo que lo que dices sobre el curso que viene 2015/16 es bien cierto, pero a día de hoy, se trata de programar en las oposiciones para este curso lectivo en el que estamos y nombrar las leyes en el proceso selectivo que van a afectar a al curso actual, el curso 2014/15.

En fin, que todo es un poco lioso, y que estas oposiciones son un poco inciertas en lo que a Leyes se refiere. Hoy escribí a varios sindicatos, y espero que el lunes alguien me alumbre, jeje!

Os mando un abrazo y que paséis feliz finde.

Gracias!

M
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sanabria86
  

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« Respuesta #10 : 14/Mar/2015~17:40 »

Disposición transitoria única. Vigencia del Decreto 230/2007, de 31 de julio, por el que se establece la
ordenación y las enseñanzas correspondientes a la Educación Primaria en Andalucía.
Hasta la implantación de la nueva ordenación de 2.º, 4.º y 6.º de Educación Primaria en el curso escolar
2015/2016, de acuerdo con el calendario de implantación establecido en la disposición final primera del Real
Decreto 126/2014, de 28 de febrero, las enseñanzas de esta etapa se regirán por lo establecido en el Decreto
230/2007, de 31 de julio.

Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
Queda derogado el Decreto 230/2007, de 31 de julio, así como cuantas otras disposiciones de igual o
inferior rango se opongan a lo establecido en el presente Decreto

Yo tengo la misma opinión que tú Seño1273


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Mannel Perry
  

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« Respuesta #11 : 14/Mar/2015~23:14 »

Hola a todos, y a gracias por vuestros "feed-backs". Se agradece vuestra ayuda e interés en el tema.

Me gustaría dejar claro que para las oposiciones que tendrán lugar en junio/julio 2015, tengo entendido que se programa para el presente curso lectivo, es decir, para el curso 2014/15.

Con lo cual, y esto va para seño1273, me temo que lo que dices sobre el curso que viene 2015/16 es bien cierto, pero a día de hoy, se trata de programar en las oposiciones para este curso lectivo en el que estamos y nombrar las leyes en el proceso selectivo que van a afectar a al curso actual, el curso 2014/15.

En fin, que todo es un poco lioso, y que estas oposiciones son un poco inciertas en lo que a Leyes se refiere. Hoy escribí a varios sindicatos, y espero que el lunes alguien me alumbre, jeje!

Os mando un abrazo y que paséis feliz finde.

Gracias!

M


Permíteme decirte que creo que estás equivocado.
¿Donde has leído que haya que programar a curso pasado? ¿Qué sentido tiene eso? En ningún documento aparece esa obligación. De hecho, yo saqué mi plaza programando para el curso siguiente del que opositaba, y así lo han hecho también muchos amigos y compañeros míos....

Para mi, que ya he estado de tribunal en oposiciones, tengo claro que gustan más en general las programaciones que explican lo que el candidato hará en caso de aprobar su oposición y obtener su plaza, que aquellas que venden lo que el candidato ha hecho ese año, cuando en la mayoría de los casos, el candidato ni ha trabajado siquiera.

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juan máximo
  

Veteran@
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Nada es imposible si crees que lo puedes lograr.
 
« Respuesta #12 : 15/Mar/2015~00:12 »

Hola a todos, y a gracias por vuestros "feed-backs". Se agradece vuestra ayuda e interés en el tema.

Me gustaría dejar claro que para las oposiciones que tendrán lugar en junio/julio 2015, tengo entendido que se programa para el presente curso lectivo, es decir, para el curso 2014/15.

Con lo cual, y esto va para seño1273, me temo que lo que dices sobre el curso que viene 2015/16 es bien cierto, pero a día de hoy, se trata de programar en las oposiciones para este curso lectivo en el que estamos y nombrar las leyes en el proceso selectivo que van a afectar a al curso actual, el curso 2014/15.

En fin, que todo es un poco lioso, y que estas oposiciones son un poco inciertas en lo que a Leyes se refiere. Hoy escribí a varios sindicatos, y espero que el lunes alguien me alumbre, jeje!

Os mando un abrazo y que paséis feliz finde.

Gracias!

M


Permíteme decirte que creo que estás equivocado.
¿Donde has leído que haya que programar a curso pasado? ¿Qué sentido tiene eso? En ningún documento aparece esa obligación. De hecho, yo saqué mi plaza programando para el curso siguiente del que opositaba, y así lo han hecho también muchos amigos y compañeros míos....

Para mi, que ya he estado de tribunal en oposiciones, tengo claro que gustan más en general las programaciones que explican lo que el candidato hará en caso de aprobar su oposición y obtener su plaza, que aquellas que venden lo que el candidato ha hecho ese año, cuando en la mayoría de los casos, el candidato ni ha trabajado siquiera.


¿Y dónde pone que la programación tiene que hacerse para el curso siguiente?
Si no recuerdo más en las indicaciones que dió la CEJA, las programaciones para los cursos 2º,4º y 6º se basarían en la LOE,y el decreto 23/2007,vigente hasta final de este año.
Creo que eso quiere decir algo.
Otra razón de peso para realizar la programación para este curso,es que no se conoce el calendario del curso 2015/2016.
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mariamusic
  

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« Respuesta #13 : 15/Mar/2015~15:37 »

Compañeros me acecha una gran duda:
¿Alguien sabe por que en el nuevo decreto 97 aparecen objetivos en dos apartados diferentes?
 ¿Tenemos que incluir los dos en la programación y en los temas?
 
He oído que también tiene que salir la orden que regula este decreto, pero ¿¿¿CUÁNDO???

Gracias
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IVS
  

Avanzad@
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« Respuesta #14 : 15/Mar/2015~21:06 »

Dicen que "no hay quinto malo", no?, ¡¡¡pues son las oposiciones más insensatas, injustas y absurdas que voy a vivir!!!!!!!
Voy a por las quintas ya...que ya es algo, una ley, otra, derogación de una, derogación de otra....novedades....pero es la primera vez que voy a vivir una ley a medio implantar.
Si yo que estoy en activo no lo tengo claro, si en mi cole hay dudas, compañeros de otros centros también tienen muchas dudas,  por ejemplo, hay dudas en que si 3ª este curso se puede repetir o no....El Decreto 97/2015 deja los ciclos en Andalucía y sin embargo el RD 126 nos elimina..., con esta premisa...entiendo que los compañeros que nos van a examinar tampoco lo lo tienen claro!!!!
¡¡¡Con calzador están metidas estas oposiciones!!!!, oposiciones recaudatorias y electoralistas!!!!! ¡¡SINVERGÜENZAS!!!!
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"La enseñanza, debe ser sobretodo, una provocación intelectual"
tonygr
  

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« Respuesta #15 : 16/Mar/2015~11:57 »

Yo entiendo que puedes hacerla con las dos normativas, siempre y cuando especifiques curso escolar y nivel. Por otro lado mi gran duda es que si puedes hacerlo mediante el D.230....pero ese decreto desarrolla el curriculo de primaria, en mi caso el de EF se desarrolla en el RD 1513/06.....ahora qué? ese si q es verdad q no lo nombran por ningun lado....
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Mannel Perry
  

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« Respuesta #16 : 16/Mar/2015~16:55 »


¿Y dónde pone que la programación tiene que hacerse para el curso siguiente?
Si no recuerdo más en las indicaciones que dió la CEJA, las programaciones para los cursos 2º,4º y 6º se basarían en la LOE,y el decreto 23/2007,vigente hasta final de este año.
Creo que eso quiere decir algo.
Otra razón de peso para realizar la programación para este curso,es que no se conoce el calendario del curso 2015/2016.

Precisamente a eso me refería, que en ningún sitio pone EXPLICITAMENTE para que curso debe ser. Por lo tanto, no se puede afirmar tan a la ligera eso de "tiene que ser para el curso actual".  De hecho, los tribunales valoramos ambas opciones.

En cuanto al calendario escolar, ese argumento tampoco es válido con las convocatorias en la mano, pues si bien se le pide al opositor que temporalice sus unidades a lo largo del curso, NO SE PIDE que se encajen día a día según el calendario escolar, que además, varía de provincia a provincia y de pueblo a pueblo.  Por lo tanto, las temporalizaciones se hacen por meses o quincenas, y nunca de día a día exacto.
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juan máximo
  

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Nada es imposible si crees que lo puedes lograr.
 
« Respuesta #17 : 16/Mar/2015~17:27 »

En cuanto al calendario escolar, ese argumento tampoco es válido con las convocatorias en la mano, pues si bien se le pide al opositor que temporalice sus unidades a lo largo del curso, NO SE PIDE que se encajen día a día según el calendario escolar, que además, varía de provincia a provincia y de pueblo a pueblo.  Por lo tanto, las temporalizaciones se hacen por meses o quincenas, y nunca de día a día exacto.
[/quote]
Eso por que tú lo dices.Cada día que pasa encuentro más motivos para creer en la subjetividad de las oposiciones a maestros/as. Huh?
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juan máximo
  

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« Respuesta #18 : 16/Mar/2015~18:31 »

Convocatoria en mano,la programación debe constar de 15 Unidades Didácticas.Si me dices que se temporalizan por meses o quincenas,y según el calendario escolar tenemos 178 días lectivos,perdona pero me faltan días. 017
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yomisma85
  

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« Respuesta #19 : 16/Mar/2015~22:28 »

Convocatoria en mano,la programación debe constar de 15 Unidades Didácticas.Si me dices que se temporalizan por meses o quincenas,y según el calendario escolar tenemos 178 días lectivos,perdona pero me faltan días. 017

Se entiende por quincena dos semanas (10 días lectivos)
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