No hay otra forma de justificarlas en Séneca, la opción que sale es esa.
Efectivamente, no hay otra forma de justificarlo, ya que la otra opción es "enfermedad grave de un familiar u hospitalización", que no es el caso. Realmente es como un favor que hace la dirección, ya que esa falta no está contemplada.
Salidos.
No estoy muy de acuerdo. No se si tendréis otras órdenes de la inspección. Pero en la circular de permisos y licencias lo pone bien claro:
1. POR FALLECIMIENTO, ACCIDENTE, ENFERMEDAD GRAVE DE UN FAMILIAR O
ENFERMEDAD INFECTO-CONTAGIOSA DE HIJOS MENORES DE 9 AÑOS.Y como tal se puede poner en el anexo I.
En séneca no se decirte, pero yo lo metería más en enfermedad de familiar (en la circular viene en ese apartado) antes que en enfermedad propia. Entre otras cosas por las consecuencias económicas.