Hola de nuevo, he leido las bases sobre la renuncia por un familiar mayor y expone lo sigueinte:
"Entre las causas de excepción a la exclusión de las bolsas de trabajo, recogidas en el art. 14 de la ORDEN de 8 de junio de 2011, por la que se regulan las bolsas de trabajo del personal funcionario interino y se establecen las bases reguladoras de dicho personal (BOJA de 16 de junio), se encuentra la de tener a su cargo un familiar hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad que por razones de edad, enfermedad o accidente, no pueda valerse por si mismo y no desempeñe actividad remunerada".
Mi duda es: a quién se refiere cuando dice que no puede desempeñar actividad remunerada, mi familiar, ene ste caso mi abuela o se refiere a mi? Gracias.