Aclarado. En el artículo 8 pone bien claro que nos QUITAN LAS DOS PAGAS EXTRAS DEL 2013. Sin comentarios.
NOS DEJAMOS DE ESPECULAR Y ESTO ES LO QUE PONE Y LO QUE HAY QUE INTERPRETAR (COPIADO Y PEGADO DEL PROPIO BOJA)
Artículo 8. Retribuciones del profesorado de la enseñanza pública no universitaria.
Para el personal docente de la enseñanza pública no universitaria,
se reducen las retribuciones en
una cuantía equivalente a la suma de las pagas adicionales de los meses de junio y diciembre, con todos los
componentes que las integran, excepto los correspondientes a los sexenios primero y segundo en los cuerpos
docentes de los grupos de clasificación profesional A, subgrupo A2.
Yo sigo entendiendo los 592 (+la tutoría y el resto de componentes adicionales).
vamos, lo que en mi pueblo tambien se conoce como una puñalada trapera de la JUNTA