Hola!
Ésto es lo que pone en el boja:
Undécima. Personal aspirante a interinidad integrante de las bolsas de trabajo.
1. Ámbito personal.
A los efectos de lo establecido en esta base, se entiende por personal aspirante a interinidad el integrante
de las bolsas de trabajo sin tiempo de servicio a la fecha de publicación de la presente convocatoria.
2. Participación.
El personal aspirante a interinidad no está obligado a participar en esta convocatoria, salvo que desee
modificar las peticiones a provincia, para sustituciones, para lo que cumplimentará el Anexo III .Si no lo he entendido mal, todos los que somos aspirantes si no deseamos cambiar nuestros destinos no debemos cumplimentar nada, que alguien me corrija sino es así
