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Autor Tema: Dudas sobre ordenación en bolsa y t.servicio  (Leído 3826 veces)
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Oluna
  

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Registro:17/Sep/2010~11:00
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« : 15/May/2012~22:20 »


Hola! A ver si alguien me puede aclarar estas dudillas:
1. He leído que para el curso que viene la bolsa se ordenara por tiempo de servicio, ¿pero los que han empezado este curso les cuenta el tiempo trabajado y el verano?
2. Otra duda que me ha surgido, es que he leído por aqui que la ordenacion por tiempo de servicio sera hasta que haya nuevas opos o algo así. ¿Eso quiere decir que solo sera por tiempo de servicio hasta que haya nuevas opos?
3. Mi ultima duda es que no se como contarme el t. servicio. Si los meses trabajados tienen mas de 30 dias se cuenta como un mes y 30 días???
Gracias
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Oluna
  

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Registro:17/Sep/2010~11:00
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« Respuesta #1 : 16/May/2012~16:12 »

Lo subo, por si alguien puede ayudarme. Gracias
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alfonsocafeino
  

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Registro:03/Mar/2012~02:07
Mensajes: 5.778
 
« Respuesta #2 : 16/May/2012~16:20 »

Hola! A ver si alguien me puede aclarar estas dudillas:
1. He leído que para el curso que viene la bolsa se ordenara por tiempo de servicio, ¿pero los que han empezado este curso les cuenta el tiempo trabajado y el verano?
2. Otra duda que me ha surgido, es que he leído por aqui que la ordenacion por tiempo de servicio sera hasta que haya nuevas opos o algo así. ¿Eso quiere decir que solo sera por tiempo de servicio hasta que haya nuevas opos?
3. Mi ultima duda es que no se como contarme el t. servicio. Si los meses trabajados tienen mas de 30 dias se cuenta como un mes y 30 días???
Gracias

1.- La actualización de la ordenación para el curso que viene, cuenta el t.s. de los interinos de este año, el verano no, eso para el curso siguiente.

2.- La ordenación por t.s. es para siempre, es decir, hasta que la CEJA decida cambiarlo o lo pidieran los sindicatos.

                     _____________________________________________________________

Orden de 8 de junio de 2011, por la que se regulan las bolsas de trabajo del personal funcionario interino y se establecen las bases reguladoras de dicho personal.

Artículo 2. Publicación de las bolsas de trabajo docentes.

Antes del inicio de cada curso académico, la Dirección General competente en materia de profesorado actualizará y publicará las bolsas de trabajo de cada una de las especialidades de los cuerpos docentes vigentes para el curso académico de que se trate, de acuerdo con los criterios que se establecen en esta sección

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"No confundas mi personalidad con mi actitud, mi personalidad es quién soy yo, mi actitud, depende de quién seas tú".
"El tiempo pone a cada uno en su sitio... y cada cual paga o recibe lo que dió o recibió".
Oluna
  

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« Respuesta #3 : 16/May/2012~18:21 »

Muchísimas graciassss!!!!!
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