Así es. Cuando pasas a la situación de excedencia dejas de estar en "servicio activo" y, por lo tanto, autométicamente te dan de baja en séneca. Una vez que reingreses y pases a servicio activo te darán nuevamente de alta y podrás tener acceso como maestra.
un saludo!
Pero entonces, ¿si estás de baja no puedes usar el servicio de Seneca?
Una cosa es de baja médica, que sigues cotizando y otra diferente es de excedencia. En excedencias, "desapareces" como trabajador, dejas de cobrar y cotizar.
Bueno Prieto, no es del todo cierto, hay que hacer una salvedad:
Cuando la excedencia es por
cuidado de menor de tres años, si sigues cotizando, además el tiempo de excedencia se considera como tiempo de servicio trabajado (a efectos de antigüedad, trienios, sexenios...). Es decir, la única diferencia con el servicio activo es que no cobras. Pero esto solo ocurre con este tipo de excedencia (por cuidado de menores) para las demás es como tú bien dices. Esto fuen una modificación que se hizo del Real Decreto 365/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de Situaciones Administrativas de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado.
Saludos!