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Autor Tema: El CAL se considera acción formativa que sustituye la exclusiva?  (Leído 5210 veces)
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felichi3666
  

Nuev@

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Registro:04/Feb/2010~02:59
Mensajes: 3
 
« : 16/Sep/2011~12:26 »


Este año estoy matriculada en 3º de los Cursos de Actualización Lingüística (CAL) que se imparten en los EOI.

Casualmente uno de los días que tengo que asistir coincide en horario con la realización de la exclusiva en mi centro.

Una compañera del curso comentó que en su centro daban permiso para asistir a las clases si coincidían con las horas de exclusiva ya que se considera una actividad de formación del profesorado y que compensa nuestro horario.

Me gustaría saber si esto es cierto y si hay que presentar algún tipo de documento en el centro que acredite nuestra asistencia.
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juliocesar45
  

Nuev@

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Registro:16/Jun/2009~13:41
Mensajes: 7
 
« Respuesta #1 : 16/Sep/2011~18:10 »

Me interesa ...
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tapitas
  

Nuev@

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Registro:25/Sep/2009~23:09
Ubicación: Málaga
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« Respuesta #2 : 16/Sep/2011~20:16 »

En mi colegio no dan permiso
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prieto
  

Sabio-Moderador
*
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Registro:30/Abr/2006~11:10
Ubicación: Cañailla de adopción
Mensajes: 15.257
WWW
 
« Respuesta #3 : 16/Sep/2011~20:32 »

Si que puede sustituir parte del horario, al menos así lo hacían en mi colegio el año pasado. Lo que no te puedes comer es el horario de atención a padres.
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ifer
  

Nuev@

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Registro:02/Jun/2009~16:03
Mensajes: 37
 
« Respuesta #4 : 18/Sep/2011~14:31 »

me interesaria saber si hay alguna normativa al respecto o depende del centro en el que trabajas, gracias
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susanadh
  

Nuev@

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Registro:12/Jun/2006~16:07
Mensajes: 349
 
« Respuesta #5 : 18/Sep/2011~15:06 »

Hola,
Sinceramente no sé si hay normativa o no , pero a mi por ejemplo me coincide los lunes y me han dado permiso.
Un saludo Giñar
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LoLo_Cai
  

Nuev@

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Registro:01/Jul/2009~13:10
Mensajes: 67
 
« Respuesta #6 : 22/Sep/2011~23:20 »

Hoy precisamente mi inspector de referencia me ha dado la respuesta a este tema cuando ha ido a hacer la supervisión de horarios del centro (soy director).

Tenemos una compañera en la misma situación, y nos ha dicho que esas horas son las de formación que pueden "sustituir" a las no lectivas de obligada permanencia en el centro, pero sólo hasta 70 horas/curso. Todo viene regulado en la Orden 20-8-10, cuando establece las actividades a desarrollar durante las tardes.

Ahora bien, la asistencia a los claustros, y en su caso, ETCP y Consejo Escolar, es obligatoria, por loq eu tendría que faltar al CAL.

Un saludo,

LoLo
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