No quiero poner mal cuerpo a nadie, pero si este año te han dado destino definitivo, está claro que el próximo curso sí podrías hacer uso del concursillo. Pero al siguiente, que no puedes concursar, ya no podrías. Al menos así lo entiendo yo, que deja bien claro que para poder ir al concursillo has de haber concursado ese mismo año.
Eso no es así. De hecho, en el apartado "ayuda" de la página donde se pide el concursillo se puede leer:
"¿Puedo solicitar comisión de servicios habiendo obtenido un destino definitivo en el último concurso de traslados?
Sí, puede solicitar comisión servicios, ya que la normativa vigente es la que le impide participar en el actual concurso de traslados por no haber transcurrido dos años desde la adjudicación de su último destino definitivo."